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Absuelven a "El Mochaorejas" de los delitos de secuestro y delincuencia organizada de una causa penal; seguirá en prisión

Un juez declaró cumplida la pena de ocho años de prisión que se le impuso a Daniel Arizmendi López en uno de los delitos

Daniel Arizmendi López, “El Mochaorejas”. Foto: EL UNIVERSAL
24/12/2025 |14:47
Manuel Espino
Reportero de la sección NaciónVer perfil

Una juez federal absolvió a Daniel Arizmendi López,”, del delito de secuestro y declaró cumplida la pena de ocho años de prisión que se le impuso por , en la causa penal 2/2024.





La decisión de la polémica titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, recordada por el caso de los militares involucrados en el , significa un triunfo para “El Mochaorejas” pero no su libertad.

Y es que Arizmendi López, preso en el penal federal de Gómez Palacio, Durango, donde se internan a los secuestradores, enfrenta sentencias condenatorias que suman más de 250 años de cárcel por diversos delitos, principalmente secuestro de decenas de víctimas.

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En lo que hace al delito de privación ilegal de la libertad en dicha causa, la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo señaló que de los medios de prueba valorados no se obtienen datos relevantes sobre el actuar de Arizmendi López y coacusados, esto es que no se acreditan las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se requieren para atribuirle su responsabilidad.

“Toda vez que la carga de la prueba corresponde a la parte acusadora, que en el caso es la representación social de la Federación y, atendiendo al principio de presunción de inocencia que se consagra en la Carta Magna, no es procedente emitir juicio de reproche y se absuelve de la acusación ministerial a *** *** **, en la comisión del delito de privación ilegal de la libertad, en la modalidad de secuestro, cometido en agravio de ****, previsto y sancionado por el artículo 366, fracciones I, inciso a) y c) y II, incisos a), c) y d) del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Por tanto, se dicta sentencia absolutoria a su favor”, sentenció.

Respecto a la condena de ocho años que se le impuso por delincuencia organizada, la jueza la dio por compurgada en virtud de que el secuestrador Daniel Arizmendi, ha permanecido privado de su libertad desde el 7 de enero de 1998, día en que fue puesto a disposición ante el .

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“Por tanto, a la fecha (4 de noviembre de 2025) en que se emite la presente sentencia, han transcurrido más de veinticinco años, esto es, más del término de la pena impuesta, lo anterior, en estricto acatamiento al artículo 20 Constitucional, apartado A, fracción X, párrafo tercero. Por tanto, la pena se encuentra cumplida, por ende, extinguida”.

Asimismo, le impuso el pago de una multa de 13 mil 225 pesos y en caso de que no pueda pagarlos, “El Mochaorejas” deberá realizar 500 jornadas de trabajo no remuneradas a favor de la comunidad en instituciones públicas, educativas, de asistencia social, o bien privadas asistenciales, que deberán estar comprendidas dentro de periodos distintos al horario de las labores que representan la principal fuente de ingresos para la subsistencia de los sentenciados.

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mahc / apr

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