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Así quedaron los lineamientos para las audiencias; consulta pública modificó intervención del gobierno y sanciones

De acuerdo con la comisionada Norma Solano, derivaron de la consulta pública, en la cual participaron casi nueve mil personas

Los lineamientos de derechos de las audiencias se aplican a concesionarios de radio y TV. Ilustración: Canva.
26/08/2026 |21:04
Diego Flores Téllez
Redactor webVer perfil

Antes de su aprobación, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones () ajustó los Lineamientos para la Protección de los con referencia a la libertad de expresión, quejas y sanciones.





En conferencia de prensa, la comisionada presidenta, Norma Solano, detalló que lo anterior derivó de la consulta pública, en la cual participaron casi nueve mil personas, cuyas aportaciones fueron propuestas (5.3 por ciento) y puntos de vista (94.7%).

Así, los cambios hechos a estos Lineamientos, los cuales serán enviados al Diario Oficial de la Federación (DOF) en breve con los fines de publicarse y entrar en vigor después de 30 días, quedan de la siguiente manera:

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Libertad de expresión

El artículo 12 aludía a que las concesionarias de radio y televisión abierta o de paga adoptaran medidas para evitar difundir información calificada como descontextualizada o falsa, "apegándose a los códigos de ética de dicho medio de comunicación con la finalidad de tratar la información noticiosa".

Ahora, dice que tendrán que "preservar la pluralidad y veracidad de la información".

Quejas

Con referencia al procedimiento de queja, antes la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, a petición del quejoso, podía intervenir en cualquier momento. Con el ajuste, ahora sólo podrá hacerlo cuando no se atienda la queja, como, por ejemplo: no fue recibida, no se le da trámite, no existe respuesta.

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Sanciones

En el artículo 54 de los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias se hace referencia a las sanciones a medios de comunicación en caso de infracción, consistente en una multa del 0.01 por ciento al 1% de los ingresos de las concesionarias de radio o televisión.

Con la modificación las infracciones serán por no contar con código de ética, no tener defensoría de las audiencias y no poner a disposición de los radioescuchas o televidentes mecanismos de defensa.

Cabe decir que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de 2013, alberga en el artículo 6, apartado B, fracción VI los derechos de las audiencias, los cuales están desglosados en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 16 de julio de 2025.

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publicó diferentes entrevistas con especialistas acerca de los derechos de las audiencias. Algunos entrevistados fueron Irene Levy, Leonardo Curzio, Luisa María Alcalde, Raúl Trejo Delarbre, entre otros.

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dft/bmc

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