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Este 16 de enero entra en vigor la prohibición de vapeadores en México; prevén sanciones de hasta ocho años de prisión

La reforma prohíbe la venta, fabricación o distribución de vapeadores y cigarrillos electrónicos

Venta de vapeadores en Tepito. Foto: Luis Camacho/EL UNIVERSAL
15/01/2026 |15:28
Enrique Gómez
Reportero de la sección NaciónVer perfil

Mañana, viernes 16 de enero, entrará en vigor la reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta, fabricación o distribución de , cigarrillos electrónicos y demás dispositivos análogos, aprobada por el Congreso en diciembre del año pasado.





Por lo que también serán aplicables las para quien infrinja la ley, es decir, de uno a ocho años de y multa equivalente de 100 (11 mil 731 pesos) a 2 mil veces (234 mil 620 pesos) el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (117.31 pesos).

La reforma fue publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y detalla que está prohibido utilizar cualquier sistema electrónico o mecánico que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina.

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Venta de vapes en puesto fuera del metro en México. Foto: Luis Camacho / EL UNIVERSAL

“Queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso”, detalla el documento.

Queda prohibida publicidad sobre vapeadores

También se prohíbe la publicidad o propaganda para que se consuman cigarrillos electrónicos y vapeadores, en cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.

Con la entrada en vigor de la , las autorizaciones sanitarias relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, quedarán sin efectos.

“La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios notificará a las personas titulares de dichas autorizaciones para que, de manera inmediata, cesen todas las actividades vinculadas a dichos dispositivos”, refiere la reforma.

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nro/bmc

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