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Diputados avalan iniciativa presidencial al Código Fiscal; reforma flexibiliza mecanismo de garantías para contribuyentes

El proyecto quedó avalado en lo general y en lo particular por 418 votos a favor, así como 35 abstenciones

Diputados de oposición denunciaron que la Presidenta podrá permitir a militares ocupar puestos en los tres órdenes de gobierno. Foto: Hugo Salvador / EL UNIVERSAL
26/03/2026 |10:54
Antonio López Cruz
Reportero de la sección NaciónVer perfil

El pleno de la aprobó una reforma el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, a fin de flexibilizar el mecanismo de garantías que los contribuyentes con créditos fiscales deben cumplir para asegurar el interés fiscal.





El proyecto quedó avalado en lo general y en lo particular por 418 votos a favor, así como 35 abstenciones.

En la exposición de motivos, el diputado Carol Antonio Altamirano, Presidente de la Comisión de Hacienda, explicó que actualmente, el artículo 141 del código establece que cuando un contribuyente enfrente in litigio y al mismo tiempo cuente con un crédito fiscal, debe garantizar el “interés fiscal” conforme a un orden obligatorio con seis medidas: billete de depósito, carta de crédito, prenda, fianza, obligación solidaria de un tercero y embargo en la vía administrativa de negociaciones, bienes muebles tangibles e inmuebles.

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Con la iniciativa, se suprime ese orden obligatorio, y ahora los contribuyentes podrán presentar una sola garantía ante el Servicio de Administración Tributaria, la que ellos elijan.

“Esta reforma representa un avance relevante hacia un sistema tributario más equilibrado y ágil que busca proteger el interés fiscal sin debilitar la posibilidad de defensa del contribuyente”, explicó Carol Altamirano.

La diputada guinda, Claudia Rivera Vivanco, aseguró que con la reforma, se garantiza que los contribuyentes reciban un trato como sujetos de derechos, “y no como sospechosos por defecto”: “Aquí no estamos hablando solo de garantías fiscales. Estamos hablando de confianza, de certeza y de justicia administrativa”.

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La reforma elimina la obligación del orden obligatorio de las medidas de garantía, y establecer que “deberán presentarse en alguna de las siguientes (seis) formas”.

Deja vigente la disposición que obliga a que la garantía incluya, además de los adeudos actualizados, los accesorios causados, así como los que se generen en los 12 meses siguientes, y que, si al concluir ese periodo sin que se haya cubierto el crédito, el importe deberá actualizarse cada año y ampliar la garantía que cubra el crédito, más recargos.

Asimismo, plantea facilitar a la persona contribuyente el trámite de su garantía, liberándose de la obligación de acreditar su capacidad económica.

Tras su aprobación, fue turnada al para su análisis y votación.

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