Metrópoli

Diputado local del PAN presenta iniciativa contra el despojo; pago del predial no constituirá título de propiedad

Mario Sánchez propuso que, en caso de traslado o cesión de derechos en bienes inmuebles, los notarios realicen una diligencia reforzada

"Basta ya: cuando el Metro falla, alguien tiene que responder. El usuario cumple pagando; el Metro debe cumplir funcionando", mencionó el diputado panista, Mario Sánchez. Foto: Especial
12/08/2026 |12:24
Omar Díaz
Reportero de la sección MetrópoliVer perfil

El diputado local del PAN, Mario Sánchez, presentó una iniciativa que busca combatir el delito de .





Durante la Comisión Permanente de este miércoles, el legislador propuso reformas al Código Civil, Código Fiscal, Ley de Notariado y a la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios, todas de la Ciudad de México, con la finalidad de crear barreras preventivas y coordinadas en contra del despojo.

Los cambios al buscan que la posesión de un inmueble de mala fe únicamente prescriba, después de 10 años, siempre que la causa generadora de la posesión sea cierta y lícita.

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Las modificaciones al Código Fiscal subrayan que pagar el predial, aparecer en una cuenta o recibir una constancia no constituye título ni transmite la propiedad de un inmueble. Además, ordena una advertencia visible y un aviso ante cambios en los datos asociados a la cuenta, sin suspender automáticamente la gestión fiscal.

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Se propone que, en caso de traslado o cesión de , los notarios realicen una diligencia reforzada cuando adviertan factores de riesgo como datos discordantes; discrepancias relevantes entre la identidad, el título, el folio real, la superficie, los antecedentes o las firmas; la imposibilidad injustificada de establecer contacto con la persona titular o con quien cuente con representación o legitimación acreditada; la ocupación controvertida, la existencia de litigio, una sucesión pendiente o pretensiones incompatibles sobre el inmueble, entre otros factores.

En tanto, la reforma a la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios establece diligencia básica para arrendamiento y administración, ordinaria para compraventa, permuta y cesión, y reforzada cuando existan poderes, sucesiones, remates, litigios, discrepancias documentales o pagos a terceros. Además, regula la expedición, vigencia, estados, corrección, inactivación, cancelación y medios de defensa del folio; protege datos personales; fija bases mínimas del seguro; armoniza las sanciones vigentes y evita presentar el folio como certificación gubernamental del inmueble.

El legislador sostuvo que los objetivos de estas reformas son impedir que el transcurso del tiempo sanee civilmente una ; evitar que recibos de predial o datos catastrales sean presentados como prueba concluyente de propiedad; establecer verificaciones notariales reforzadas, proporcionales al riesgo y documentadas; y proteger a las personas adultas mayores, a las personas con discapacidad y a quienes se encuentran fuera de la ciudad mediante ajustes de comunicación, sin convertir esas condiciones en sospecha por sí mismas.

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Asimismo, obliga a inmobiliarias y profesionales a verificar identidad, facultades, título, folio, ocupación y destino de los recursos; crear trazabilidad pública limitada, sin publicar escrituras, domicilios particulares ni datos personales de las partes; y graduar las sanciones conforme al daño, beneficio, valor de la operación, reincidencia y grado de culpabilidad.

mahc/LL

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