El productor fue trasladado este miércoles 3 de septiembre al Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social “San Fernando”, conocido como “El Torito”, luego de que policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) cumplimentaran una orden de arresto de 15 horas emitida por una jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México por el desacato a un acuerdo judicial.

El arresto se relacionó con el incumplimiento de dos determinaciones derivadas de una sentencia a favor de : presentar una disculpa pública y publicar la síntesis de la resolución en la que se confirmó la responsabilidad de De Llano por daño moral. Su representación legal señaló que las órdenes fueron impuestas como medidas de apremio por incumplimientos distintos.

¿Qué es el Torito?

El Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, mejor conocido como "Torito" es el lugar destinado al cumplimiento de arrestos administrativos. Ahí se cumplen sanciones derivadas de , de tránsito y del programa Conduce Sin Alcohol, así como determinados arrestos impuestos como medidas de apremio.

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La duración del arresto depende de la conducta y de la disposición legal aplicable. En las infracciones cívicas, puede alcanzar hasta 36 horas.

El Centro tiene como objetivo dar cumplimiento a las disposiciones legales y de las autoridades competentes para salvaguardar los principios procedimentales que aseguren la Administración de la Justicia.

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¿Por qué te pueden llevar al Torito?

La ley de cultura cívica de la CDMX señala que entre las conductas que pueden derivar en un arresto se encuentran:

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  • Desacatar una orden judicial: una autoridad puede imponer un arresto como medida de apremio para obligar a una persona a cumplir una determinación judicial.
  • Rebasar el límite de alcohol al conducir: superar 0.8 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.4 miligramos por litro de aire espirado puede generar de 20 a 36 horas de arresto.
  • Conducir bajo los efectos de drogas, narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos.
  • Consumir alcohol en lugares públicos no autorizados.
  • Consumir determinadas sustancias en espacios públicos.
  • Participar o provocar una riña.
  • Agredir, intimidar o maltratar a otra persona.
  • Realizar expresiones de connotación sexual para afectar la dignidad de una persona.
  • Exhibir los órganos sexuales con intención de molestar o agredir.
  • Generar ruido que afecte la tranquilidad de las personas.
  • Orinar o defecar en lugares públicos.
  • Tirar o abandonar determinados desechos en espacios públicos.
  • Desperdiciar agua o impedir su uso.
  • Encender cohetes, juegos pirotécnicos o fogatas sin autorización.
  • Realizar falsas llamadas o generar falsas alarmas de emergencia.
  • Alterar el orden en espectáculos públicos.
  • Revender boletos por encima del precio autorizado.
  • Trepar bardas o estructuras para observar el interior de un inmueble ajeno.
  • Portar o utilizar objetos o sustancias peligrosas sin precaución.
  • Percutir armas de postas, diábolos, dardos o municiones contra personas o animales.
  • Organizar o participar en carreras clandestinas.
  • Organizar o participar en peleas de animales.
  • Apartar lugares de estacionamiento con objetos.
  • Cobrar por vigilar, estacionar, cuidar, lavar o asear vehículos en la vía pública.
  • Obstaculizar el espacio público para obtener un beneficio.
  • Dañar, pintar, ensuciar o alterar determinados bienes públicos.
  • Modificar o retirar señales que identifiquen calles o espacios públicos.
  • Colocar propaganda sin autorización en determinados espacios públicos.
  • Ingresar sin autorización a zonas restringidas.

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En el caso del desacato a una orden judicial, el arresto no deriva de una infracción cívica ordinaria, sino de una medida de apremio ordenada por una autoridad judicial para . La legislación también contempla consecuencias penales para la desobediencia o resistencia a un mandato judicial o al cumplimiento de una sentencia, que en determinados supuestos puede alcanzar de uno a cinco años de prisión.

Por ello, no todas las personas que llegan al Torito lo hacen por el alcoholímetro. Las causas incluyen infracciones cívicas, determinadas conductas al conducir y, en casos específicos, arrestos ordenados por autoridades judiciales para hacer cumplir sus resoluciones.

dmrr/LL

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