El pleno del aprobó un dictamen para solicitar al Congreso de la Unión modificar las leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), y la del con la finalidad de quitarle a los deudores alimentarios parte de su ahorro cuando no cumplan con sus obligaciones alimentarias.

La reforma estipula que cuando el trabajador tenga la calidad de deudor alimentario y carezca de otros bienes o percepciones para cumplir con dicha obligación, “la autoridad judicial competente podrá ordenar, de manera excepcional y proporcional, el embargo parcial de los recursos depositados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, exclusivamente para garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias derivadas de resolución judicial firme”.

Proteger la economía de la madre

Al fundamentar el dictamen, el diputado de Morena Juan Rubio expuso que actualmente, aun existiendo resoluciones judiciales firmes para el pago de una pensión alimenticia, hay quienes evaden esta responsabilidad aprovechando vacíos legales, particularmente escudándose en la inembargabilidad de los recursos en las cuentas individuales de retiro, “y eso es lo que este dictamen busca corregir”.

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“No puede haber un derecho patrimonial futuro por encima de un derecho fundamental presente, no puede protegerse el ahorro mientras se desprotege a la niñez. Por eso el dictamen que hoy presentamos tiene un propósito preciso: impulsar, desde este Congreso, una iniciativa ante la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión para reformar la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley de ISSSTE. ¿Para qué? Para establecer que en casos excepcionales, bajo control judicial y de una manera proporcional, se pueda acceder a los recursos de las cuentas para el retiro cuando sea necesario garantizar el cumplimiento de una pensión alimenticia”, argumentó.

Indicó que esta propuesta reconoce una realidad que no pueden ignorar: el incumplimiento de las pensiones alimentarias impacta principalmente a las mujeres, “son ellas quienes en la mayoría de los casos asumen el cuidado, cubren lo que falta y sostienen lo que otros abandonan”.

Deudores no podrán excusarse de su obligación económica

Al respecto, la diputada de Morena Ana Buendía expuso que el objetivo puntual de esta reforma es armonizar nuestra legislación con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que las cuentas de retiro dejen de ser un escondite para los deudores alimentarios.

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“La inembargabilidad de los recursos de retiro no es un derecho absoluto cuando se vulnera el derecho humano a la alimentación. El dictamen faculta a los jueces para que, ante la falta de otros bienes, se ordene el embargo de las subcuentas de retiro y se ejerza, en nombre del deudor, el derecho al retiro parcial por desempleo. La reforma establece límites claros para que el embargo sea una medida excepcional y justa, protegiendo siempre el interés superior de la niñez”, señaló.

Este dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para los efectos legislativos a que haya lugar.

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