La ministra propuso invalidar los requisitos de tener un “modo honesto de vivir” y contar con un título universitario de al menos cinco años de antigüedad para dirigir el área encargada de atender a las personas indígenas y afromexicanas en Baja California Sur.

En la resolución de la acción de inconstitucionalidad 124/2025, la ministra consideró que el término “modo honesto de vivir” es una expresión ambigua que permite valoraciones subjetivas sobre quién puede acceder a un cargo público.

En tanto, el segundo requisito puede excluir a personas que históricamente han enfrentado mayores barreras para acceder a la educación superior, pero cuentan con experiencia comunitaria, conocimiento del contexto y trayectoria en la defensa de los derechos de sus pueblos.

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La propuesta fue avalada por los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (), a fin de determinar si son compatibles con los derechos de igualdad y no discriminación, acceso a los cargos públicos y participación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

Con esta resolución el Pleno garantiza que los requisitos para ocupar un cargo público sean constitucionales y guarden una relación real con las funciones que se van a desempeñar, sin convertirse en barreras de exclusión o discriminación.

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aov/rmlgv

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