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¿Se puede ser candidato a la Presidencia o Gubernatura si se tiene una orden de aprehensión?; esto dice la Constitución

El coordinador de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar, explicó en qué casos puede aplicar una candidatura

Arturo Zaldívar, coordinador de Política y Gobierno, durante la conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum desde Palacio Nacional (28/08/2026). Foto: Fernanda Rojas / EL UNIVERSAL
28/08/2026 |08:37
Eduardo Dina
Periodista webVer perfil

Después de que quedara pendiente la explicación si una persona con orden de aprehensión puede ser candidata a un , ante en caso del exgobernador panista , el coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, , aclaró el tema.





En la conferencia mañanera de la presidenta de este viernes 28 de agosto en Palacio Nacional, Zaldívar detalló que para ser candidato o candidata a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno, se debe estar en pleno goce de sus derechos político-electorales.

El expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) expuso en el Salón Tesorería que, de acuerdo con el artículo 38 constitucional, se suspenden estos derechos por estar en prisión preventiva; por cumplir una sentencia condenatoria privada de la libertad; porque le fueron suspendidos en una sentencia, incluso si está en libertad; por ser prófugo de la justicia; y por tener condena por algún delito de los señalados en la fracción octava del artículo 38.

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Arturo Zaldívar, coordinador de Política y Gobierno, durante la conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum desde Palacio Nacional (28/08/2026). Foto: Fernanda Rojas / EL UNIVERSAL

Ante una situación jurídica, aclaró que puede ser candidata si la persona está denunciada o investigada; si está imputada; o si está vinculada a proceso en libertad, más no en prisión preventiva. No puede ser candidata si la persona está prófuga de la justicia.

Ante un proceso penal, el ministro en retiro de la SCJN detalló que no se puede ser candidata si se está en prisión por cualquier delito ante la suspensión de derechos mientras se cumple una pena.

Cuando hay una sentencia, en libertad, no se puede ser candidata si se es deudor alimentario, si hay delitos contra la vida o la integridad, delitos sexuales o contra el libre desarrollo de la personalidad, violencia familiar y violencia política de género.

“Si ha sido condenado por un delito pero no estamos en los supuestos anteriores y no hay una sanción de pérdida de derechos políticos, puede ser candidato, candidata”, agregó.

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