De acuerdo con la Secretaría de la Defensa Nacional, las personas que no obtuvieron su cartilla militar al cumplir 18 años serán consideradas bajo la categoría de “personal remiso”.
De igual manera, se calificará de remiso a aquel mexicano que ya teniendo su cartilla no realizó, en el tiempo indicado su Servicio Militar Nacional, o bien, no presentó su cartilla en el tiempo indicado para su liberación en disponibilidad.
El personal remiso deberá presentar una constancia de no registro, emitida por la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento del lugar donde nació, en la que se especifique que no se le ha expedido la cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional.

La persona interesada deberá llevar toda su documentación del 2 de enero al 15 de octubre de cada año.
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Los requisitos para realizar este trámite son:
Para el personal masculino, la fotografía deberá presentarse con el bigote recortado hasta la comisura de los labios, el corte de cabello será “casquete corto”, sin barba y patillas recortadas.
Para el personal femenino será con el cabello recogido, sin fleco y sin maquillaje.
Si una mujer ya participó de forma voluntaria en las actividades del Servicio Militar Nacional (SMN) en años anteriores, esto es lo que necesita para tramitar la cartilla y hoja de liberación:
Cabe destacar que al ser un trámite que requiere la toma de una huella dactilar del interesado, no es posible que otra persona lo efectúe en su lugar. Además, todo el proceso es gratuito.
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