Tras presentar distintos supuestos para determinar si una persona puede ser candidata o no, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea indicó que Francisco Cabeza de Vaca es considerado prófugo de la justicia, por lo que no puede ser candidato a la Presidencia en 2030 como el panista desea.
“Si esta persona tiene orden de aprehensión, no ha comparecido al juez y está en otro país, obviamente está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia y no podría ser candidato y también habría que ver en su momento que se requiere una residencia previa para poder competir por la presidencia de la República”, explicó.
Sin embargo, el coordinador general de Política y Gobierno de la Oficina de la Presidencia reconoció que no conoce las condiciones del caso por lo que no podría pronunciarse. A pesar de esto, señaló que los supuestos mencionados aplicarían para cualquier persona si se presentaran dichas circunstancias.

Durante la conferencia matutina de este viernes 28 de agosto, el exministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) detalló que para ser candidato o candidata a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno, se debe estar en pleno goce de sus derechos político-electorales.
Precisó que de acuerdo con el artículo 38 constitucional, se suspenden estos derechos por estar en prisión preventiva; por cumplir una sentencia condenatoria privada de la libertad; porque le fueron suspendidos en una sentencia, incluso si está en libertad; por ser prófugo de la justicia; y por tener condena por algún delito de los señalados en la fracción octava del artículo 38.
La explicación del experto derivó a que ayer, la presidenta Claudia Sheinbaum fue cuestionada si una persona con antecedentes penales u órdenes de aprehensión puede ser candidata presidencial. La mandataria federal leyó los requisitos para ser presidente establecidos en el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reconoció que tener órdenes de aprehensión no es impedimento para ser candidato.
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Arturo Zaldívar señaló que en años anteriores, el Máximo Tribunal entró en debate sobre si a una persona con órdenes de aprehensión o procesadas por delitos se les suspendían o no sus derechos políticos.
Y detalló que un tribunal electoral deberá determinar la resolución en cada caso. Indicó que otra respuesta podría presentarse si en el transcurso del proceso se le vincula proceso y en esta vinculación a proceso se dicta una medida cautelar de prisión preventiva: “entonces por razones obvias, ya no podría competir ni ejercer el cargo en su caso”.
“(Mientras que) las sentencias a veces establecen la suspensión o la pérdida de derechos políticos. Esto también es muy cuestionable constitucionalmente, habría que ver cada caso concreto. Los jueces normalmente lo hacen en automático, dictan una sanción, una pena y ponen la pérdida, la suspensión por un tiempo de derechos políticos. Esto es cuestionable constitucionalmente y había que ver cada caso concreto”, dijo ayer.
El miércoles pasado, Francisco García Cabeza de Vaca aseguró que la Constitución sí le permite ser Presidente de México: “Y sí presidenta, ya lo había pensado, la Constitución sí me permite ser presidente de mi país y ahora con más ganas, con tal de sacarlos a ustedes de una vez por todas”, dijo el exgobernador de Tamaulipas.
Luisa María Alcalde, consejera jurídica del Ejecutivo Federal destacó la Comisión de Verificación de Integridad de las Candidaturas, conocida como “blindaje a candidaturas” o “comisión antinarco”, para que partidos políticos soliciten información a autoridades y así conocer el historial de sus aspirantes.
“Esta reforma consiste en la posibilidad que tienen los partidos de solicitarle al INE una opinión respecto a un listado que manden de posibles futuros candidatos, no ya de los candidatos que hayan determinado, sino es previo a elegir a sus candidatos. Le mandan al INE esta información y el INE funciona como un vehículo realmente institucional.
“Recibe la información por parte de los partidos políticos y se la hace llegar a las instituciones que tienen información relevante. Por ejemplo, la Fiscalía General de la República, la propia UIF, la Secretaría de Seguridad y ellos hacen un análisis de riesgo y establecen si hay riesgo razonable o no, simplemente esa es la conclusión, no es que manden toda la información sobre las investigaciones, sino establecen un posible riesgo razonable”, explicó.
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La funcionaria reiteró que este mecanismo es voluntario y los partidos políticos no están obligados a utilizarlo. Precisó que la herramienta se pondrá en marcha durante el periodo electoral rumbo al 2027 y funcionará para filtrar a quienes tienen antecedentes u órdenes de aprehensión.
“Si tienen investigaciones relevantes y consideran que hay un riesgo relevante, le informan al INE y el partido político puede saber con anterioridad esta circunstancia antes de que sean candidatos. Entonces, sin lugar a dudas, esto va a ser importante para poder establecer estos límites”, expresó.
El mes pasado, el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la primera integración de la comisión de verificación, presidida por el consejero Arturo Chávez en coordinación con los consejeros Norma Irene de la Cruz y Uuc-kib Espadas. Esta buscará blindar las candidaturas a cargos de elección popular de perfiles ligados al crimen organizado y acusados de delitos graves o estén relacionados con corrupción.
Además de la integración de las consejerías, el Consejo General del INE determinó que la Secretaría Técnica de la Comisión de Verificación la ocupe la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del instituto.
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