San José.— Si la oposición venezolana apela a sus potestades legislativas, aplica el artículo 233 de la Constitución de Venezuela y abre uno de los más complicados episodios de la crisis institucional, luego de que Nicolás Maduro juró el pasado jueves como mandatario para un nuevo sexenio consecutivo, que se colocará ante una fase definitoria y desafiante frente al chavismo: convertir al opositor antichavista Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional (AN), en gobernante encargado y provisional.

Al iniciar la legislatura 2019-2020 el sábado anterior, la AN —único poder de Venezuela dominado por la oposición— advirtió que si Maduro asumía un segundo periodo el 10 de enero, se reafirmará su “ilegitimidad” y su desconocimiento y, sin un presidente electo, se declarará la usurpación del cargo por reelegirse en comicios antidemocráticos en mayo de 2018.

Sin embargo, Maduro alertó el pasado miércoles que enfrentará “la sedición que se prepara” desde la AN, declarada desde 2016 en desacato por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), máximo órgano judicial venezolano y dominado por el oficialismo. Por eso, Maduro juró ante el TSJ y no ante la AN, como ordena la Constitución de 1999.

Previendo estos panoramas, el artículo 233 de la Carta Magna indica: “Cuando se produzca la falta absoluta del presidente electo antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los 30 días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo mandatario, se encargará de la Presidencia de la República el presidente de la Asamblea Nacional”.

La AN, más de 47 países de América y Europa, y la Organización de los Estados Americanos (OEA) desconocieron como gobernante por su ilegitimidad electoral a Maduro, hombre que, al morir el líder revolucionario Hugo Chávez en 2013, heredó de inmediato el poder y completó el sexenio.

Los artículos 333 y 350 cierran el escenario sobre el que los opositores confirmaron que avanzarán frente a la decisión de Maduro de instalarse, desde el jueves pasado y hasta el 10 de enero de 2025, para un segundo mandato.

El artículo 333 establece que la Constitución “no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”. El 350 dice que “el pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”.

Al convocar a los venezolanos a una “gran movilización” el próximo 23 de enero en toda Venezuela, Guaidó (de 35 años y el presidente más joven en la historia de la AN) confirmó ayer en un “cabildo abierto”, en Caracas, que llamará a comicios y asumirá obligaciones de “gobierno de transición”.

“Asumiendo la legitimidad” de los artículos 233, 333 y 350 “convoco al pueblo de Venezuela”, a la Fuerza Armada Nacional y a la comunidad internacional “para lograr la conformación efectiva del gobierno de transición”, anunció.

Al alertar que “para convertir esto en realidad necesitamos de la sumatoria de la fuerza nacional e internacional”, asumió el deber fijado por la Constitución “que obliga a todos los venezolanos a luchar” por restituir el orden constitucional.

“Nadie tiene duda de que Maduro es un usurpador”, subrayó. “Me apego” a los tres artículos constitucionales “para convocar elecciones libres y la unión del pueblo”, con el ejército y la comunidad internacional “para lograr el cese de la usurpación”, proclamó.

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