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El diputado local de Morena Miguel Ángel Macedo propuso crear un Distintivo de Movilidad Eléctrica e incluir, oficialmente, en la Ley de Movilidad de la CDMX a los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) como scooters, monociclos y otros dispositivos de movilidad individual que circulen a menos de 25 kilómetros por hora.
A través de una iniciativa a la Ley de Movilidad, planteó que el Distintivo en comento sea una calcomanía de identificación para los VEP y Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vemepe), que será proporcionado por la Secretaría de Movilidad y deberá estar colocada en un lugar visible, al frente y atrás para el caso de VEP, y al frente para el caso de Vemepe.
De igual forma, busca reconocer a los Vehículos Eléctricos Personales como aquellas unidades no motorizadas que utilizan manubrio para su conducción, y que cuentan con acelerador independiente, con dos o más ruedas, equipadas con un motor eléctrico que les proporciona una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, y su motor tiene una potencia continua nominal de menos de 250 vatios.

En la exposición de motivos de la iniciativa se argumenta que incorporar la definición de Vehículo Eléctrico Personal busca armonizar la Ley de Movilidad con las recientes reformas al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, evitando contradicciones normativas y estableciendo de manera clara las características técnicas que distinguen a este tipo de vehículos de otras modalidades de transporte.
La ausencia de una definición expresa en la Ley, señaló, puede generar interpretaciones distintas respecto de la clasificación de estos vehículos, dificultando la aplicación uniforme de las disposiciones legales y creando incertidumbre para las personas usuarias y para las autoridades encargadas de la vigilancia del cumplimiento de la normatividad.
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Sobre la incorporación del Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), señala que permitirá contar con un mecanismo oficial de identificación que facilite la supervisión y verificación de los VEP y los Vemepe, permitiendo acreditar de forma inmediata que se encuentran registrados conforme a la normatividad aplicable.

“Este distintivo representa una herramienta administrativa que fortalece la seguridad vial, facilita las labores de inspección por parte de las autoridades competentes y brinda certeza jurídica a las personas usuarias, evitando confusiones con vehículos que, por sus características técnicas, deban sujetarse a un régimen jurídico distinto”, señala la propuesta turnada a comisiones para su análisis y dictaminación.
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vr/rmlgv
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