El diputado local del PRI propuso que los condóminos propietarios que sean considerados como “morosos calificados”, en las Unidades Habitacionales, pierdan el que tienen a rentar su vivienda.

Durante la Comisión Permanente de este miércoles, que se realizó de manera virtual, el legislador presentó una iniciativa para modificar la para definir a un “moroso calificado” como aquel condómino o poseedor que mantenga adeudos de dos o más cuotas ordinarias consecutivas de mantenimiento, o de una cuota extraordinaria.

Su propuesta detalla que al condómino propietario considerado “moroso calificado” se le aplicará una suspensión temporal de su derecho de arrendamiento, es decir, no podrá celebrar nuevos contratos de arrendamiento, subarrendamiento, comodato o cualquier otra forma de cesión remunerada del uso y goce de la vivienda, hasta que se cubra la totalidad de los adeudos vencidos, o se formalice convenio de regularización autorizado por la administración del condominio.

Su propuesta detalla que al condómino propietario considerado “moroso calificado” se le aplicará una suspensión temporal de su derecho de arrendamiento. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL
Su propuesta detalla que al condómino propietario considerado “moroso calificado” se le aplicará una suspensión temporal de su derecho de arrendamiento. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL

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“Una vez notificado al condómino sobre la suspensión temporal, el administrador deberá dar vista al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México a fin de que determine medidas cautelares y emita la resolución respectiva de conformidad con la ley. El juez, sin perjuicio de lo que establece la ley en la materia, también podrá determinar: la recisión legal del contrato sin penalización alguna para el arrendatario; podrá determinar el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados a favor del arrendatario: otorgar la reducción proporcional de la renta”, señala la propuesta turnada a comisiones para su análisis y dictaminación.

Se detalla que la suspensión temporal del derecho de arrendamiento quedará sin efectos una vez acreditado el pago total de los adeudos vencidos; o el cumplimiento del convenio de regularización correspondiente.

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“La administración deberá emitir la constancia de levantamiento dentro de los cinco días hábiles siguientes a la acreditación del cumplimiento”, se precisa.

Habitantes expusieron que una de las problemáticas más recurrentes es el incremento sostenido de la morosidad en el pago de cuotas. Foto: Especial.
Habitantes expusieron que una de las problemáticas más recurrentes es el incremento sostenido de la morosidad en el pago de cuotas. Foto: Especial.

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En la exposición de motivos de esta propuesta se argumenta que habitantes de diferentes unidades habitacionales y condominios expusieron que una de las problemáticas más recurrentes que enfrentan actualmente es el incremento sostenido de la morosidad en el pago de cuotas ordinarias y extraordinarias, situación que afecta de manera directa la prestación de servicios básicos, el mantenimiento de infraestructura común, las condiciones de seguridad, la convivencia vecinal y la viabilidad financiera de los inmuebles.

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Asimismo, señalaron que la ausencia de mecanismos legales eficaces para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones ha permitido que, en numerosos casos, pese a que las personas arrendadoras obtienen un beneficio económico mediante el arrendamiento o cesión de uso de unidades privativas incumplen con los cargos económicos derivados del régimen condominal, afectando los intereses colectivos del resto de las personas condóminas.

“Por ello, la presente iniciativa busca fortalecer el principio de corresponsabilidad condominal mediante mecanismos administrativos proporcionales, temporales y respetuosos de los derechos de propiedad, orientados a incentivar el cumplimiento oportuno de obligaciones comunes y garantizar la sostenibilidad financiera de los condominios”, indica la propuesta.

vr

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