Tuxtla Gutiérrez, Chis. - El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas sancionó administrativamente a los responsables de tres medios de comunicación en Facebook por cometer violencia política contra las mujeres en razón de género, en agravio de dos diputadas de la 69 Legislatura de Chiapas.
El órgano electoral resolvió acreditar responsabilidad administrativa en contra de los administradores de las páginas "Portal Revolución", "Ruleta Política" y “Expediente Chiapas”, porque de acuerdo con las resoluciones dictadas, los infractores modificaron y difundieron imágenes descontextualizadas para construir una narrativa sexista en redes sociales.
Dichas publicaciones pretendían demeritar la trayectoria de la afectada, atribuyendo su permanencia y avance político actual a una presunta relación personal, lo cual trasladó la discusión de su labor legislativa hacia un juicio sobre su vida privada.

La autoridad electoral enfatizó que esos actos rebasan los límites de la libertad de expresión, ya que no constituyen una crítica válida a la función pública, sino una agresión digital, mediática, psicológica y simbólica.
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"Las personas infractoras modificaron, difundieron y presentaron fuera de contexto imágenes y mensajes relacionados con la quejosa, atribuyéndole una relación personal con otra persona y construyendo a partir de ello una narrativa orientada a descalificarla públicamente", precisó.
Argumentó que la libertad de expresión "protege la crítica de quienes ejercen un cargo público, pero esa protección se desborda cuando el mensaje deja de analizar el desempeño, las decisiones o la función pública".
En este caso, detalló, las publicaciones denunciadas rebasan el margen de una crítica válida al ejercicio del cargo, porque recurren a imágenes descontextualizadas y "a una relación atribuida sin sustento para afectar la imagen pública y la legitimidad política de la quejosa".
Al hacerlo, trasladan la discusión pública desde su trabajo legislativo hacia un juicio sexista sobre su vida personal, enfatizó la autoridad electoral.
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Por ello, se acreditaron los cinco elementos que exige la norma y la jurisprudencia 21/2018, ya que los hechos ocurrieron en el marco del ejercicio de derechos político-electorales y del desempeño de un cargo público.
Además, fueron cometidos por administradores de medios digitales, constituyeron violencia simbólica, psicológica, digital y mediática. Y tuvieron como resultado menoscabar la imagen pública y el ejercicio del cargo de la quejosa; asimismo, se basaron en elementos de género al propiciar "un impacto diferenciado por su condición de mujer".
El agravio no solo afecta de manera personal, sino que agravia a todas las mujeres que participan o desean participar en la vida pública porque refuerza la idea de que ocupar un cargo implica exponerse a la vigilancia de su vida privada, a la sexualización de todas sus relaciones, al descrédito de su trayectoria y a la sospecha sobre su capacidad.
Y añadió que, cuando este tipo de mensajes son difundidos por medios digitales, el impacto se amplifica. Las páginas denunciadas tienen capacidad de generar opinión pública, de multiplicar el alcance de lo que dicen y de sostener narrativas que dañan la imagen pública de una mujer en ejercicio de sus derechos político-electorales, expuso la institución electoral.
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El IEPC señaló que, una vez que se comprobó que las conductas realizadas cumplieron con los elementos que exige la jurisprudencia en la materia, se ordenaron las medidas de reparación integral.
Se resolvió que los agresores deben publicar una disculpa pública por escrito en sus respectivas páginas de Facebook, la cual permanecerá en ese sitio durante treinta días naturales.
De igual manera, les fueron impuestas multas individuales de doscientas veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a un monto equivalente, entre 22,628.00 y 23,462.00, respectivamente.
Así también, como medidas de no repetición, los administradores de dichos espacios digitales quedarán inscritos en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, durante un año y cuatro meses, un plazo que incluye una agravante por tratarse de medios de comunicación.
Finalmente, los sancionados tendrán la obligación de cursar un taller especializado, impartido por la Unidad Técnica de Género y No Discriminación del propio órgano electoral local para evitar la permanencia de esas narrativas en el entorno digital de Chiapas.
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