México será el único de los tres países donde se celebrará el Mundial de Futbol, cuyos aeropuertos van a tener prohibida la operación de taxis de aplicación como Uber, DiDi e inDrive, de acuerdo con especialistas consultados por EL UNIVERSAL.
Para permitir su entrada, explicaron, es necesario modificar la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, así como las Condiciones y Reglas Generales de Operación aplicables a los taxis autorizados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
Por lo tanto, ven lejana la posibilidad de que haya modificaciones de estas leyes, que deben pasar por el Congreso, antes de la justa deportiva que arrancará el 11 de junio en la capital mexicana.

A diferencia de Estados Unidos y Canadá, aquí sólo se puede prestar el servicio de taxi en las terminales aéreas si se tiene una concesión otorgada por el aeropuerto, se tramitan placas federales y se llevan a cabo exámenes ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
“Es necesaria una reforma que ajuste dichos ordenamientos a los tiempos actuales, en especial a los servicios de movilidad mediante plataformas digitales”, expuso Pablo Casas Lías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico Aeronáuticas.
“Se requiere migrar de un modelo exclusivo o restringido a uno abierto en la autorización de prestadores de ese servicio, sin que sea necesaria la opinión discrecional del operador aeroportuario.
“No se va a lograr antes del Mundial porque implica una reforma a leyes y la consecuente modificación al reglamento, y eso tiene que pasar por el Congreso. Hay todo un proceso legislativo y no alcanza para que en 60 u 80 días se apruebe, si es que se quiere aprobar o si se publica en el Diario Oficial una solución legal”, añadió.
“El tema es que el servicio de taxis en los aeropuertos está regulado por leyes anquilosadas y en el trasfondo hay una conveniencia para que sitios de taxis operen en los aeropuertos federales, donde hay mayor tráfico de pasajeros y se concesionó el servicio a través de las autoridades aeroportuarias y ha sido discrecional, dándole la concesión al amigo o al compadre al sitio afín. Son vicios históricos de la aviación”, mencionó Casas Lías.
Para Guillermo Malpica, director ejecutivo de Alianza In, que agrupa a inDrive, DiDi y Uber, legalmente no hay una prohibición en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal o en el reglamento para que las plataformas digitales operen en los aeropuertos, “lo que hay es una incertidumbre jurídica porque no se define si es un tema federal o local, ni cuál es el rol de los grupos aeroportuarios, porque tiene que ver con la infraestructura que ellos administran”.
“Lo que necesitamos es sentarnos a dialogar para ver cuál sería el arreglo normativo. Si es competencia mixta o federal o estatal para tener mayor certeza jurídica y operativa a las actividades de las plataformas. No hay una prohibición expresa en la ley porque la ley es anterior, y el reglamento, son más antiguos que la existencia de las plataformas”, precisó.
Alianza In destacó que entre todas las ciudades sede del Mundial, solamente en Monterrey, Guadalajara y la Ciudad de México no se permite la operación de los taxis de plataformas.
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“En América, Europa y Asia Pacífico conviven de manera natural los diferentes modos de transporte, los grupos de taxistas, los camioncitos que te llevan a los hoteles y las plataformas digitales”, mencionó Malpica.
“Cada uno tiene su lugar específico para tomar pasajeros o bajar pasajeros y es cuestión de que los aeropuertos tengan esa disposición, ese arreglo logístico con indicaciones claras para que los pasajeros tengan las mismas oportunidades y puedan tomar el transporte que ellos quieran sin tener que viajar a través de otro medio de transporte a un lugar remoto”, apuntó el directivo de de Alianza In.
En 2024, la SICT sometió a consulta en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria una iniciativa de reforma al Reglamento de Autotransporte Federal para permitir la entrada de los taxis de aplicación a los aeropuertos, pero a los pocos meses fue retirada la propuesta por la propia dependencia.
En ese momento, la propuesta era pedirles a los taxis de aplicación una Tarjeta de Identificación Vehicular o TIV, la cual sería emitida por la SICT, para identificar y registrar a los vehículos que prestaran el servicio, pero no les exigía placas de autotransporte federal como a los taxis de sitio.
Casas Lías está en desacuerdo en que, para prestar el servicio de taxi en los aeropuertos, además de contar con un permiso federal, exámenes médicos y de manejo, así como la unidad con ciertas características, el taxista deba estar afiliado a una agrupación que monopoliza esos servicios.
Se estima que en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México operan mil 600 taxis repartidos en 11 sitios concesionados.
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El 11 de marzo pasado, la dependencia que encabeza Jesús Antonio Esteva Medina informó que Uber carece de autorización para prestar servicios dentro del polígono del AICM y otros aeropuertos; ya que la plataforma promovió un juicio de amparo en julio de 2025, pero el mecanismo únicamente protege a los conductores de los operativos que lleva a cabo la Guardia Nacional y evita que se hagan detenciones arbitrarias de vehículos de aplicación.
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