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Personalizar un auto es uno de los mayores placeres para cualquier conductor, ya que brindarle una identidad propia a su compañero de viajes va más allá de un cambio estético.
Sin embargo, todos los propietarios deben saber que existen accesorios prohibidos por el Reglamento de Tránsito, pues alteran las características del vehículo y aquí se incluyen ciertos tipos de luces.
Dichas modificaciones pueden derivar en multas porque, incluso, suponen un riesgo para la seguridad vial. Por ello, en Autopistas te decimos cuáles son.

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¿Qué tipo de luces no debes instalar en tu auto?
De acuerdo con el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, está prohibido instalar o utilizar en vehículos motorizados elementos como:
- Faros deslumbrantes que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas, y que pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.
- Luces de neón y/o porta placas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las matrículas del vehículo y/o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas.
En caso de incumplir cualquiera de las disposiciones anteriores, se podría imponer una multa de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Considerando que su valor actual es de $117.31, su precio rondaría entre los $1,173.10 y $2,346.20.
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Por lo anterior, te recomendamos evitar colocarlas en tu auto.

¿Qué otros objetos están prohibidos en un auto?
¡Tómalo en cuenta! Los faros deslumbrantes y las luces de neón no son los únicos accesorios prohibidos por el Reglamento de Tránsito de la CDMX; existen otros objetos que también pueden ser motivo de multa, por ejemplo:
- Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicos u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura. Ameritan una multa de hasta $3,519.30.
- Sistemas antirradares o detector de radares de velocidad. La multa es de hasta $5,865.50.
- Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo. El valor de la multa es de hasta $3,519.30.
- Bocinas (claxon) que produzca ruido excesivo o un sonido diverso al que producía la bocina original de fábrica. Ameritan una multa de hasta $3,519.30.
- Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20%. Se permiten sólo cuando se requieran por razones médicas y que estén debidamente acreditadas ante las autoridades. De lo contrario, la multa esa de hasta $3,519.30.
Aunque tengas ganas de tunear tu auto, recuerda siempre revisar la lista de artículos y objetos prohibidos en el Reglamento de Tránsito. Es mejor elegir los correctos y evitar multas o poner e riesgo tu integridad.
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