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En su propuesta, la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral plantea disminuir el porcentaje de 40% a 33% de participación nominal para hacerla vinculante y que puedan someterse a consulta cambios en la ley electoral.
Asimismo, propone quitar el candado a la participación activa de los partidos políticos.
La Comisión Presidencial propone en el documento que los partidos puedan participar con sus opiniones y llamamientos a las consultas populares, cuando en la ley actual está prohibido.
Lo único que tienen permitido es contar con un representante que funcione como observador en cada casilla.
Un cambio más es que los particulares, personas físicas y morales, no pueden pagar medios de comunicación o plataformas de difusión masiva para influir en la opinión popular sobre la consulta popular.
La norma actual establece que sólo no pueden contratar tiempo en radio y televisión, pero con esta modificación entrarían las redes sociales al juego.
Actualmente, la Ley Federal de Consulta Popular prevé que cualquier consulta debe ser organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para hacerla oficial y que sus resultados puedan ser vinculantes con, al menos, 40% de la participación del padrón electoral nacional o por cada entidad.
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La propuesta que se conoce como “un primer saque” de la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral propone que el porcentaje se reduzca a 33% y que en los estados y municipios se haga obligatorio aplicar consultar populares con un porcentaje vinculante de participación siempre menor al nacional.
Además de ello, el borrador permite la posibilidad de que las leyes en materia electoral se puedan someter a consulta popular, cuando en la ley actual no se permite bajo el argumento de garantizar que “las reglas del juego electoral no cambien a merced” de la opinión pública en turno.
Otros asuntos que actualmente se prohíben que sean sujetos a consulta popular son la restricción de derechos humanos, los principios nacionales de ser una República representativa, democrática, laica y federal; la seguridad nacional y el funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
"Garantías electorales son derechos fundamentales"
En entrevista con EL UNIVERSAL, el consejero Martín Faz explicó que “las leyes electorales existen para garantizar derechos electorales que son derechos humanos al final del día, consagrados como garantías individuales en la Constitución”. Es decir, el derecho a votar y ser votado.
“Los procedimientos electorales están hechos para garantizar el derecho político electoral de la ciudadanía. Entonces, es un asunto común, se sabe que los temas de derechos humanos no pueden ser llevados a consulta, porque estos derechos son esenciales, son fundamentales.
“La forma concreta en que se garantizan, se defienden y se protegen los derechos políticos es a través de las leyes electorales. Entonces, si tú llevas a consulta temas electorales, pues estás llevando a consulta derechos políticos, derechos fundamentales de los ciudadanos”, explicó Martín Faz.
Otros cambios que favorecen a Morena
En el borrador que entregó la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral a la Presidencia de la República se incluyen otras modificaciones a la consulta popular, por ejemplo, que la fecha de esta será fija: en el año y día que haya elecciones en cada estado o a nivel federal, según sea el caso.
Esta propuesta no plantea afectar la revocación de mandato, que se rige por otra ley, solamente consultas populares, que son ejercicios distintos.
Actualmente, la Ley Federal de Consulta Popular plantea que sea el Congreso quien proponga la fecha para la consulta.
Por ejemplo, la consulta popular de 2021 para enjuiciar a los expresidentes se llevó a cabo el 1 de agosto y no en la elección intermedia del 6 de junio, bajo el argumento de que los partidos harían referencias a la misma en los tiempos de campaña.
En el borrador de la comisión este candado se eliminaría para los partidos políticos.
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