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Tras la discusión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en relación a la Contradicción de Criterios 49/2026, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) externó su postura para que se preserve la protección de los recursos de la subcuenta de retiro en las Afores de trabajadores fallecidos, en favor de sus beneficiarios.
La semana pasada por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estableció que los recursos provenientes de las cuentas individuales de retiro entregados a los beneficiarios no deben pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Al estimar que forman parte del patrimonio generado por el trabajador fallecido y tienen como finalidad brindar protección económica a quienes fueron designadas como beneficiarias.
En un comunicado la Jufed, señaló que el debate jurídico que se ha suscitado a raíz de las propuestas que buscan gravar con el Impuesto sobre la Renta (ISR) los recursos de las Afores "heredadas", así como los planteamientos para gravar herencias y legados, resaltan la necesidad de contar con juzgadoras y juzgadores con un profundo sentido de la equidad y la legalidad.
“Las posturas que sugieren considerar estos fondos acumulados como un ingreso gravable, bajo el argumento de que el beneficiario no los generó con su esfuerzo, no representan un criterio basado en el respeto a la equidad.
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“Los recursos acumulados en una cuenta de Afore constituyen el patrimonio de vida que una persona trabajadora generó con su esfuerzo diario, cuya finalidad es brindar estabilidad y protección económica a su familia tras su fallecimiento”, detalló la Jufed en un comunicado.
Indicó que la impartición de justicia no debe responder a visiones impositivas que ensanchen las desigualdades bajo una óptica recaudatoria, sino a la salvaguarda de los derechos fundamentales, en particular los relacionados con la seguridad social, de las y los mexicanos.
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“Pretender cobrar impuestos sobre los ahorros de un trabajador fallecido no solo desvirtúa la naturaleza de la previsión social, sino que afecta de manera directa el sustento de los deudos”, retiró el organismo.
La Jufed rechazó que se pretenda usar a la Suprema Corte y a los tribunales del país bajo la consigna de dogmas ideológicos.
“La función constitucional del Poder Judicial de la Federación no es actuar como una entidad de diseño fiscal ni forzar una "redistribución de la riqueza" a través de la vía impositiva; esa facultad corresponde al Poder Legislativo”, refirió el organismo.
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