La facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias sin orden judicial se aplica sólo para combatir al crimen organizado, y no con fines de persecución política o en contra de ciudadanos, aseguró Omar Reyes Colmenares, titular de dicho organismo —adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
En entrevista con EL UNIVERSAL, explicó que la medida no le otorga a la UIF la autoridad de actuar arbitrariamente, sino que el bloqueo debe proceder de un reporte bancario o de una solicitud del Ministerio Público.
“Decirle a la sociedad que esté tranquila, si tiene una actividad legítima que no se preocupen, esto es en contra de aquellos que las propias instituciones bancarias identifiquen que están realizando alguna actividad inusual que salga de su perfil financiero. Ellos nos reportan y nosotros evaluaremos, pero esta herramienta que se ha venido utilizando por mucho tiempo es para combatir al crimen organizado y apoyar también a las instituciones que procuran la seguridad de este país”, declaró.

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Aseguró que no hay lugar a la persecución política, pues el congelamiento de cuentas es una medida cautelar, orientada exclusivamente a la protección del sistema financiero y no a la persecución penal. “No es una facultad arbitraria que tiene la Unidad de Inteligencia Financiera. La inmovilización o el bloqueo que nosotros hacemos no se hace de manera discrecional, requiere un sustento, indicios, y una motivación legal”.
El funcionario federal puntualizó que se trata de una medida “preventiva”, puesto que la UIF no puede determinar ningún tipo de responsabilidad penal.
“Eso le corresponde al Ministerio Público. Además, todas estas personas que nosotros llegamos a enlistar tienen medios de defensa, las personas pueden recurrir a autoridades judiciales para obtener este medio de defensa y ante nosotros mismos tienen un procedimiento de garantía de audiencia donde pueden comprobar la legitimidad de estos recursos”, dijo.
El proyecto de la Suprema Corte también señala que la acción del bloqueo de cuentas sin orden judicial opera en un “plano preventivo”, bajo parámetros de seguridad financiera y en cumplimiento de estándares internacionales.
El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera explicó que el objetivo es evitar que recursos de procedencia ilícita sean integrados a la economía nacional.
“Lo que nosotros realizamos es evitar que recursos de procedencia ilícita sean integrados a la economía nacional, y esto lo evitamos de la siguiente forma: recibimos reportes de operaciones inusuales, reportes relevantes, reportes internos preocupantes por parte del sector bancario y del sector financiero, así como de algunas instituciones que realizan algún tipo de actividad que se considere como vulnerable. Nosotros analizamos en conjunto toda esta información y, posteriormente, (...) los enlistamos para evitar que sigan utilizando el sistema financiero como medio para incluirlo a las finanzas mexicanas”, detalló.
Descartó que esta atribución de la UIF vulnere la presunción de inocencia, debido a que no se resuelve sobre la culpabilidad de una persona ni se le imponen penas, sino que se establece una inmovilización patrimonial temporal, revisable y sujeta a una garantía de audiencia administrativa. “Nosotros no investigamos, nada más analizamos información. Quien investiga es el Ministerio Público, y quien determina la responsabilidad de si una persona está cometiendo un delito o no, es el Ministerio Público. Nosotros somos auxiliares (...) en los procesos de investigación y de incorporar un registro de información a la carpeta de investigación”, apuntó.
El funcionario recordó que, sólo en lo que va del año, se contabilizan 500 personas físicas y morales que han sido integradas a la lista de personas bloqueadas, y que actualmente se tienen cerca de 5 mil cuentas inmovilizadas.
“El impacto va focalizado a objetivos de alto riesgo. Sólo este año tenemos a más de 500 personas en la lista de cuentas bloqueadas que hemos identificado y que muchas de ellas han venido ya a solicitar su garantía de audiencia ante nosotros, pero también hay muchas que ya no vienen a solicitarlo, y en esos casos nos coordinamos con la Fiscalía General de la República y les informamos que va a causar abandono ese recurso que se encuentra inmovilizado”, aseveró.
Reyes Colmenares insistió en llamar a la calma a la ciudadanía, y aseguró que la UIF trabaja no sólo para combatir al crimen organizado y actividades financieras ilícitas, sino también para proteger el patrimonio de los mexicanos.
“Que estén tranquilos, la UIF está también para cuidar a la ciudadanía y a la población, porque también nosotros hemos bloqueado cuentas que son utilizadas para otros delitos”, concluyó.
Con el fallo recién avalado por el Máximo Tribunal del país, la institución crediticia deberá notificar a la persona interesada las razones del congelamiento de las cuentas y de su incorporación a la Lista de Personas Bloqueadas.
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A partir del día hábil siguiente, la persona contará con cinco días hábiles para solicitar a la Unidad de Inteligencia Financiera el ejercicio de la garantía de audiencia.
Una vez presentada la solicitud, la UIF tendrá que otorgar la audiencia dentro de los 10 días hábiles siguientes, para que la persona manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas y alegatos. Finalmente, el organismo deberá resolver dentro de los 15 días hábiles siguientes la inclusión o no en la lista, argumentando los motivos de la resolución.
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