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La Jefatura de Gobierno expidió la Ley para el Fomento Apícola y la Conservación de Polinizadores de la Ciudad de México.
A través de la Gaceta Oficial se dio a conocer esta nueva ley que entrará en vigor a partir de mañana.
El objetivo de esta nueva norma es proteger, conservar, rescatar, investigar, difundir, fomentar, regular y organizar las actividades relacionadas con la apicultura y los agentes polinizadores. Asimismo, busca garantizar la continuidad de los bienes y servicios ecosistémicos que provee la biodiversidad, en particular el servicio de polinización, mediante el impulso a la tecnificación, modernización y aprovechamiento sustentable del sector apícola, incluyendo la producción, transformación y comercialización de abejas, productos y subproductos derivados.
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Esta ley también tiene por finalidad establecer las ordenanzas en beneficio del sector apícola y las comunidades productoras de miel, así como asegurar la preservación de los hábitats naturales de los polinizadores y fomentar el desarrollo sostenible y competitivo de la actividad apícola.
Esta nueva norma detalla que la persona titular de la Jefatura de Gobierno, en conjunto con la Secretaría del Medio Ambiente, de Desarrollo Económico y la de Educación, será responsable de coordinar las acciones en materia de conservación de los polinizadores, protección del servicio ecosistémico de la polinización y fortalecimiento de la actividad apícola como sector productivo sustentable, dentro del marco de sus atribuciones.
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Se especifica que la ubicación de apiarios en la Ciudad de México deberá atender criterios ambientales, territoriales, sanitarios y sociales, de conformidad con los usos del suelo, los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes y la modalidad de la actividad apícola.
En el suelo de conservación, la instalación de apiarios será considerada una actividad compatible con el aprovechamiento sustentable del territorio, siempre que no contravenga los criterios de conservación, restauración ecológica o protección de hábitats establecidos en los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes.
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En tanto, en zonas de uso agrícola o pecuario, la instalación de apiarios podrá realizarse sin restricción, siempre que se garantice una distancia mínima respecto a colmenas previamente registradas; se asegure la convivencia armónica con otras actividades agropecuarias, sin riesgo para las personas ni para otras especies animales; se cumpla con las normas sanitarias y ambientales aplicables.
La nueva legislación reconoce a las abejas, incluyendo especies nativas y Apis mellifera, así como a otros polinizadores como mariposas, colibríes, murciélagos, polillas y escarabajos, como especies de protección prioritaria debido a su valor ecológico, su papel esencial en la conservación de la biodiversidad y su importancia para los ecosistemas agrícolas, forestales y urbanos de la ciudad.
Asimismo, contempla acciones para promover la restauración ecológica, la creación y protección de jardines para polinizadores, la educación ambiental, la investigación científica y la difusión del conocimiento frente a la crisis global de pérdida de biodiversidad.
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Entre otros aspectos, la legislación establece mecanismos para fomentar buenas prácticas de producción y comercialización de productos apícolas como la miel; fortalecer la protección de flora melífera, nectarífera y polinífera; e impulsar acciones para prevenir afectaciones derivadas del uso inadecuado de agroquímicos y plaguicidas altamente peligrosos para los polinizadores y los ecosistemas.
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La ley también impulsa la participación de mujeres, jóvenes, pueblos y comunidades indígenas en actividades apícolas y de conservación de polinizadores, además de promover mecanismos de monitoreo mediante herramientas de ciencia ciudadana para fortalecer el conocimiento y protección de la biodiversidad en la Ciudad de México.
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mahc/LL
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