Cuautitlán Izcalli, Méx.— En el Estado de México hay reporte de 5 mil 808 , no localizadas y localizadas en el periodo de enero de 2025 al 26 de agosto de 2026.

Los con más de 200 casos son Ecatepec, Toluca, Naucalpan, Nezahualcóyotl, Cuautitlán Izcalli, Tlalnepantla, Chimalhuacán y Chalco.

Las cifras de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas establecen que 54.1% de los casos a nivel estatal son hombres y 45.9%, mujeres. A 3 mil 836 las localizaron con vida y a 242, sin vida. Y siguen sin encontrar a mil 730.

Nota: Se muestran los municipios con mayor cantidad. Fuente: Elaboración propia con datos de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas.
Nota: Se muestran los municipios con mayor cantidad. Fuente: Elaboración propia con datos de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas.

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Ecatepec es la demarcación mexiquense con más casos reportados de personas desaparecidas, no localizadas y localizadas, con 715, entre los que hay 395 hombres y 320 mujeres. De estos, 465 ya fueron localizados con vida y a 28 los hallaron sin vida. Hay 222 que siguen sin ser encontrados.

Después está la capital del Estado de México, Toluca, con 407 reportes: 279 fueron hallados con vida, nueve sin vida y 119 no han sido localizados.

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Naucalpan tiene 388 reportes. La cifra de personas localizadas con vida es de 304, 21 muertes y siguen sin ser localizadas 63.

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Nezahualcóyotl tiene reporte de 269 personas desaparecidas. Con vida fueron halladas 164 personas y muertas cinco. Siguen desaparecidas 100.

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Cuautitlán Izcalli tiene 240 reportes. Con vida encontraron a 168 y sin vida a nueve. Mientras que siguen sin ser localizados 63.

Tlalnepantla tiene reporte de 218 personas desaparecidas. A 161 encontraron con vida y a seis fallecidos; 51 siguen pendientes por localizar.

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Chimalhuacán suma 214 reportes: 116 fueron encontrados con vida y muertos a tres, no localizadas aún hay 95.

Chalco suma 212 casos, de los cuales 154 fueron localizados con vida y seis fallecidos; 52 siguen como desaparecidos.

Nuevas estrategias de búsqueda

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) precisó que la ley en materia de desaparición forzada entró en vigor en diciembre de 2019 en la entidad.

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A partir de ello, trabajaron en la implementación de sistemas de alertamiento y acciones de localización debido a la persistencia de los casos, los cuales ocurren por voluntad propia o por la comisión de delitos.

El Programa Odisea fue el primer esfuerzo de registro en el ámbito de procuración de justicia. Entre 2005 y 2010 los reportes no requerían la notificación del Ministerio Público ni la apertura de un expediente, lo que generó anomalías en los registros, agregó la fiscalía mexiquense.

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La FGJEM realizó un análisis de la información para establecer el universo de los reportes. Para ello, un grupo de trabajo conformado por servidores públicos de género, periciales, policía de investigación, jurídico, informática, estadística y administración participó en el proceso para crear un sistema integral de consulta, cuyo eje gira en torno a las bases de datos de Odisea, Semefo, Sigi, mandamientos judiciales, víctimas de secuestro, puestas a disposición y antecedentes penales.

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Esta herramienta tecnológica vincula los registros desde enero de 2005 e identifica anomalías como registros duplicados por la falta de documentos de identificación en el origen del reporte y la existencia de registros vigentes de personas que ya habían sido localizadas. A partir de 2022, el protocolo exige la apertura de un expediente de investigación por cada reporte.

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Otro aspecto que evalúa la FGJEM es el contexto y causas de la ausencia, encontrando que se deben revisar aspectos como las condiciones de vulnerabilidad, conflictos familiares, relaciones personales, problemas de salud, adicciones y si fueron o son víctimas de algún delito.

Entre los factores que dificultan la localización están el cambio de residencia a otra entidad o país, el fallecimiento por razones ajenas a los reportantes, la falta de comunicación con los familiares y la vinculación con actividades delictivas.

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En las bases de datos existentes antes de la implementación de la nueva estrategia, la fiscalía mexiquense identificó diversas anomalías como registros duplicados, ya sea porque dos o más personas reportan la desaparición de alguien o porque había diferencias de alguna letra, nombre o apellido, aunque se trataba de la misma persona.

Pasos a seguir

El reporte se puede realizar desde el primer instante en que se desconoce el paradero, sin esperar un plazo de tiempo específico. La ciudadanía puede presentar la denuncia de forma presencial ante cualquier institución encargada de la búsqueda para activar los mecanismos correspondientes, sin necesidad de esperar 72 horas, puntualizó la fiscalía estatal.

Cada caso debe individualizarse en su investigación, pues tiene particularidades del perfil de la persona. Por lo anterior, explicó la FGJEM, “no se puede indagar ni realizar acciones de búsqueda metodológicamente iguales para localizar a diferentes víctimas, a pesar de que su ausencia se haya registrado de forma conjunta, puesto que las características, circunstancias, contextos y entornos de cada una de ellas siempre será distinto”.

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El protocolo establece la elaboración de un boletín de búsqueda y la delimitación de la zona probable. Posteriormente, los agentes realizan investigación de campo mediante entrevistas a los entornos familiares, laborales, escolares y sociales, además de la búsqueda de indicios, cámaras y vehículos.

El rastreo por parte de la autoridad considera el intercambio de información con hospitales, corporaciones policíacas, el registro nacional de detenciones, terminales de autobuses, aeropuertos e instancias de asistencia pública y privada. Las diligencias se extienden a equipos de cómputo, celulares y redes sociales.

El Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas establece que se debe mantener la presunción de vida. La fiscalía afirma que no puede cerrar un expediente sin elementos de prueba de vida, tales como un informe policial con entrevista o un escrito autógrafo fechado y firmado que contenga huellas dactilares y una fotografía con un marcador de fecha.

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Cuando ocurre la localización sin vida, el Ministerio Público ordena la comparación de señas particulares, características fisionómicas y prendas. En casos donde la identificación visual resulta imposible, se aplican peritajes en antropología forense, odontología y genética para la comparación de perfiles biológicos con muestras de familiares o bases de datos.

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