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Desalojos en CDMX deben pasar por proceso judicial; juez alerta sobre fraudes y avisos falsos

El juez Raymundo Villalpando Castillo, del Poder Judicial de la Ciudad de México, explicó que un desalojo legal puede tardar meses o años y advirtió que cambiar cerraduras o emitir avisos sin orden judicial constituye delito de despojo

Desalojos en CDMX deben pasar por proceso judicial; juez alerta sobre fraudes y avisos falsos. Foto: Especial
08/03/2026 |11:01
Omar Díaz
Reportero de la sección MetrópoliVer perfil

Ante la creciente preocupación por los avisos de desocupación falsos y el desconocimiento de los derechos de inquilinos y propietarios, Raymundo Villalpando Castillo, titular del Juzgado 44 Civil de Proceso Escrito del Poder Judicial de la Ciudad de México, dio a conocer que el desalojo es la culminación forzosa de un procedimiento judicial que puede durar meses o incluso años.





Ante esto, hizo un llamado urgente a fomentar la cultura de la prevención y la regularización de la propiedad privada en la capital, por lo que aconsejó verificar que los inmuebles cuenten con folio electrónico y no solo registros en libros antiguos, para evitar vulnerabilidades ante fraudes o invasiones; en casos de arrendamiento, es vital que los inquilinos conserven comprobantes con conceptos claros del mes pagado para evitar juicios por mora, y evitar el abandono legal de inmuebles tras el fallecimiento de familiares, ya que esto facilita la ocupación ilegal por grupos delictivos.

El juez destacó que el incumplimiento de pago es la causa principal (90%) de estos juicios; sin embargo, para que se realice un desalojo legal ya debió existir una demanda, un emplazamiento, una audiencia y una sentencia firme confirmada por distintas instancias.

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Para realizarlo siempre debe ser notificado por un funcionario acreditado por el Poder Judicial de la Ciudad de México, con identificación oficial y documentos que contengan sellos oficiales y un código QR de validación, dijo.

Aclaró que una vez dictada la sentencia para el desalojo, el juez otorga un plazo de cinco días para la desocupación voluntaria.

Solo ante la negativa de cumplimiento se procede al lanzamiento forzoso, que puede incluir el uso de la fuerza pública y la fractura de cerraduras.

“Nadie puede cambiar las cerraduras de su inmueble por mano propia, hacerlo, incluso si el inquilino debe rentas, constituye el delito de despojo. La vía legal es la única protección para el patrimonio", enfatizó.

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