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San Cristóbal de las Casas, Chis.- Ferrocarriles del Istmo de Tehuantepec (FIT) y la Secretaría de Comunicaciones, Infraestructura y Transporte (SCIT) demandó a tres familias del municipio de Arriaga y Pijijiapan, ante la Fiscalía General de la República (FGR), “para exigir la entrega del derecho de vía ferroviaria”, para ejecutar el Corredor Interoceánico del Istmo, hecho que representa “un acto de criminalización contra población civil en situación de vulnerabilidad, particularmente (a) mujeres”, denunció el Centro de Derecho Humanos Digna Ochoa.
En un comunicado, el organismo aseguró la demanda por el delito de invasión de bienes nacionales, tipificado en el artículo 150 de la Ley de Bienes Nacionales, es contra tres mujeres del municipio de Pijijiapan, cuatro mujeres y un hombre de Arriaga, municipios de la costa de Chiapas, por donde va el Corredor Interoceánico del Istmo, que conectará la frontera de Guatemala con Oaxaca y Veracruz.
El organismo asegura “el uso de derecho penal como herramienta para resolver conflictos territoriales, sociales o administrativos representa una medida extrema, desproporcionada y contraria a los principios del Estado de derecho, pudiendo derivar en violaciones graves a derechos humanos”.
El organismo pide que, en este caso, se lleve un proceso legal al debido proceso, se priorice el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a la vivienda adecuada, al derecho a la propiedad, posesión y seguridad jurídica, derecho a no ser objeto de hostigamiento, intimidación ni persecución arbitraria, derecho a la igualdad y no discriminación, particularmente por razón de género y condición socioeconómica.
La demanda contra las familias de Pijijiapan y Arriaga, “podrían configurar un patrón de criminalización de la pobreza, al utilizar el sistema penal para presionar, intimidad y desplazar a familias en situación de vulnerabilidad, lo cual contraviene los principios de proporcionalidad, mínima intervención penal y justicia social”.
“El Estado mexicano, en sus tres niveles de gobierno, tiene la obligación constitucional e internacional de respetar, proteger, promover y garantizar los derechos humanos, conforme al artículo 1 constitucional, así como a los tratados internacionales ratificados por México”, dice.
Agrega que FIT, la SCIT y autoridades federales involucradas, “tienen la responsabilidad directa de garantizar que cualquier acción relacionada con el derecho de vía ferroviaria se realice sin recurrir a la criminalización, priorizando mecanismos administrativos, diálogo social, mediación y soluciones integrales”.
En el caso de los desalojos forzosos, “sin garantía procesales, sin consulta previa, sin alternativas de reubicación digna y sin reparación del daño constituyen violaciones graves a derechos humanos, conforme a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”.
“Estos hechos se inscriben en un contexto más amplio de implementación de megaproyectos federales, en el cual diversas comunidades han denunciado la falta de consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, así como riesgos de despojo territorial, desplazamiento forzado, ruptura del tejido comunitario y afectaciones a medios de vida”.
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“Recordamos que la consulta previa es un derecho vinculante, reconocido por el Convenio 169 de la OIT, la Constitución mexicana y la jurisprudencia interamericana, por lo que ningún proyecto de infraestructura puede imponerse mediante la coerción penal”, dice.
Por todo esto pide el cese inmediato de la criminalización y persecución penal contra las familias de Arriaga y Pijijiapan, que se realice una revisión exhaustiva y eventual desestimación de las denuncias penales por parte de la FGR, al tratarse de un conflicto de carácter social administrativo y territorial, la garantía penal del debido proceso, la presunción de inocencia y la integridad personal de las personas denunciadas.
Que se abra un mecanismo de diálogo interinstitucional, donde participen las familias, organismos de derechos humanos y autoridades.
Se suspenda cualquier intento de desalojo o recuperación coercitiva del derecho de vía, en tanto, no existan condiciones legales sociales y humanitarias adecuadas.
Se implementen medidas de protección contra actos de intimidación, hostigamiento o represalias y se adopten políticas públicas que privilegien la justicia social, la reparación integral del daño y las garantías de no repetición.
Finalmente pide a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Comisión Estatal de Derechos Humanos, organismos internacionales y locales que pugnan por las garantías individuales de las personas, que “den seguimiento a este caso, visibilicen los riesgos y contribuyan a la prevención de violaciones graves a derechos humanos”.
aov/cr
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