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A partir de este viernes 9 de enero de 2026 entra en vigor el registro obligatorio de líneas móviles en México. Esta disposición oficial establece que cada línea telefónica móvil, nueva o en uso y de prepago o pospago, deberá estar vinculada a la identidad de una persona física o moral.
Esta nueva regulación, aprobada por el Gobierno de México, busca combatir los delitos como extorsión o fraude telefónico, al vincular cada número a una identidad oficial.
Estos nuevos Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, fueron aprobados y emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) el pasado lunes 8 de diciembre.
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¿Cuándo es la fecha límite para vincular tu número telefónico a tu identidad?
Sin importar la compañía, las líneas telefónicas que se contraten y las que ya le pertenecen a algún usuario- deberán estar asociadas con una identificación oficial con fotografía y la Clave Única de Registro de Población (CURP) de una persona -para personas físicas-, o con el RFC para personas morales.
Si ya cuentas con un número de celular y tu línea no está contratada con un servicio de pospago, debes realizar este registro para vincular tu línea con tu identidad a más tardar el 30 de junio de 2026.
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¿Por qué las líneas de pospago no deben realizar el trámite?
Esta nueva regulación formaliza el registro que ya realizan los operadores para el servicio de pospago.
Es decir, las líneas de pospago no necesitan realizar este procedimiento, ya que para poder acceder a este servicio es necesario otorgar tus datos de identidad. Los números celulares que cuentan con servicio de pospago ya están vinculados con una persona.
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¿Qué pasa si no registro mi número telefónico antes de la fecha límite?
Tomando en cuenta que la fecha límite para el registro de tu número celular es el 30 de junio de este año, a partir del 1 de julio, todas las líneas que no estén registradas serán suspendidas de manera temporal hasta que el usuario complete el trámite.
Durante la suspensión, únicamente se permitirá realizar llamadas a números de emergencia y atención ciudadana como el 911, 089, 088 y líneas de soporte del operador.
La suspensión del servicio no elimina las obligaciones contractuales, por lo que el usuario deberá seguir cubriendo los pagos correspondientes a su plan o equipo adquirido.
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En caso de que una persona detecte una línea registrada con su CURP que no reconoce, podrá acudir a un Centro de Atención a Clientes para solicitar la aclaración y, si procede, la desvinculación de sus datos.

*Con información de Andrea Olvera.
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