Francisco Javier Díaz Perea

Comité de Medio Ambiente y Sustentabilidad

Desde 1988, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) ha constituido la piedra angular de la regulación ambiental para la ejecución de proyectos en México. Desde entonces, esta ley marco ha abierto camino para incorporar la variable ambiental en la planeación y ejecución de los proyectos de infraestructura, y actualmente es un factor de peso en estos proyectos. Por ello, es primordial analizar la iniciativa de decreto para expedir una nueva LGEEPA, la cual se dio a conocer en mayo pasado en la Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria. ¿Cuáles son las novedades y los desafíos para el desarrollo de infraestructura en el país? Si bien esta nota se enfoca en temas sustanciales para el desarrollo de este tipo de proyectos, se invita a revisar la iniciativa en su totalidad, dada su trascendencia para la gestión ambiental de cualquier proyecto.

La iniciativa presentada es una buena noticia para la gobernanza ambiental de México, ya que busca modernizar a la LGEEPA, la cual no había tenido cambios trascendentales en los últimos 30 años. Si bien algunos temas emergentes se han ido incorporando mediante reformas puntuales, el estado mexicano no había hecho una propuesta integral para actualizarla.

La propuesta introduce nuevas herramientas de gestión, como la evaluación ambiental estratégica (EAE), incorpora las nuevas políticas públicas que la SEMARNAT ha definido para la gestión del ambiente: restauración ambiental, economía circular y la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad. Asimismo, la iniciativa transforma a la PROFEPA en la Procuraduría Federal de Justicia Ambiental, precisando y ampliando sus facultades de inspección y modernizando sus procedimientos. También, la iniciativa expande el catálogo de principios, al integrar conceptos como justicia ambiental, el interés superior del ambiente, soluciones basadas en la naturaleza, el principio pro natura (que mandata resolver cualquier ambigüedad a favor de la naturaleza) y la precaución (principio a adoptarse ante la falta de certeza científica). Adicionalmente, la propuesta agrega obligaciones para quien afecte el ambiente, ya que además de prevenir y reparar, deberá mitigar, remediar, rehabilitar y compensar bajo criterios de equivalencia ambiental.

La iniciativa impone a los Estados la obligación de implementar un instrumento de reporte y recopilación de información sobre emisiones y transferencia de contaminantes, así como un sistema de información pública de las autorizaciones de impacto ambiental que emitan. Estas medidas abonan a la transparencia en la gestión de la información ambiental.

Una novedad relevante es la inclusión de la EAE como un instrumento de gestión ambiental para planes, programas y proyectos de infraestructura nacional de gran trascendencia, que busca prevenir impactos acumulativos y sinérgicos desde la fase de diseño. Esta regulación sería aplicable sólo a agentes gubernamentales “responsables de la formulación, actualización, modificación o ejecución de planes programas o proyectos…”. La incorporación de este instrumento en la Ley es bienvenida, ya que su inclusión se había retrasado en nuestro país. No obstante, se anticipa un desafío operativo sustancial dado el enfoque que se propone: efectuar análisis al estilo de la evaluación del impacto ambiental. Para aplicar este enfoque a los proyectos que componen los planes y programas, se requiere hacer análisis ambientales profundos desde las etapas tempranas de la planificación, cuando aún los proyectos no están definidos, además las agencias de gobierno responsables tendrán que contar con los fondos suficientes para realizar todos los estudios necesarios, para lo cual deberán de restructurarse los procedimientos gubernamentales para asegurar la asignación oportuna del presupuesto.

En lo concerniente a la transparencia del proceso de Evaluación del Impacto Ambiental, es imprescindible hacerla efectiva. Actualmente existe el portal electrónico para dar seguimiento al trámite de cualquier proyecto de carácter federal. Sin embargo, no hay acceso a toda la información que se genera a lo largo de la vida de los proyectos, no se hace pública la información sobre modificaciones a los proyectos y su gestión administrativa, tampoco de las acciones de cumplimiento de las condicionantes de impacto ambiental. Mediante información abierta de todos los aspectos ambientales de los proyectos se facilita la estimación de los impactos acumulativos y sinérgicos en una misma región o de un sector, lo cual es clave para realizar las EAEs que propone la iniciativa. El crecimiento a pasos agigantados de la infraestructura para el almacenamiento y gestión de datos y de modelos de inteligencia artificial, permite que la autoridad pueda construir y administrar un Sistema Integrado de Información Ambiental, a través del cual se pueda consultar y obtener toda la información ambiental. El Acuerdo de Escazú, firmado por México, compromete al estado mexicano a garantizar a los ciudadanos el acceso a la información ambiental.

Considerando la complejidad de los principios y asuntos de política ambiental que contiene la Iniciativa y la profundidad con la que deben abordarse, la implementación de esta nueva Ley es un gran reto para todas las partes interesadas: agencias gubernamentales (en los tres ámbitos de gobierno); agentes regulados; consultores; agentes financieros y la sociedad. Para todos habrá una curva de aprendizaje y es deseable que la autoridad promueva procesos para construir un aprendizaje colectivo en aras de reducir el tiempo que tome aprender los alcances de la nueva Ley y estandarizar su aplicación.

La nueva LGEEPA planteará desafíos importantes para el desarrollo de la infraestructura en nuestro país, para lo cual habrá que revisar y, en su caso, modificar las estructuras y los procedimientos de gestión ambiental y social que se siguen en proyectos de infraestructura, en particular en la elaboración de planes y programas sectoriales. Sólo así se podrá responder a la urgencia con que se está demandando la construcción de infraestructura para respaldar el desarrollo de México, reforzando el compromiso nacional con el desarrollo sostenible, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece la rectoría del Estado para garantizar que el crecimiento económico sea compatible con la protección ambiental y el bienestar social.

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