Este martes vence la prórroga de tres meses que el juez de control de la Región Judicial 9 de , Ramón Adolfo Brown Ruiz, concedió a la Fiscalía General del Estado de Tabasco para el cierre de la investigación complementaria en el caso de , “El Abuelo” o “Comandante H”, presunto líder “La Barredora”.

A partir de este momento, la fiscalía tabasqueña encabezada por cuenta con 15 días hábiles para formular imputación al exsecretario de Seguridad Pública del estado, preso en el penal del Altiplano por los delitos de asociación delictuosa, extorsión y secuestro exprés.

Tras vincular a proceso a Bermúdez Requena, en septiembre del año pasado, el juez Ramón Adolfo Brown Ruiz otorgó al Ministerio Público tres meses para la investigación complementaria, mismo que se venció en diciembre de 2025.

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Realizan traslado desde Paraguay a México de Hernán Bermúdez, presunto líder de "La Barredora". Foto: Senad (@senad_paraguay)
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Sin embargo, el Ministerio Público del caso solicitó tres meses más para recabar pruebas y realizar diversas diligencias, que concluyen este martes.

Al respecto, Javier May, gobernador de Tabasco, afirmó que el proceso penal que se sigue contra Bermúdez Requena va en tiempo y que la Fiscalía General del Estado de Tabasco tendrá un tiempo para agregar sus elementos de pruebas.

Hernán Bermúdez impugna fallo que rechazó su amparo contra extradición a EU

Hace unos días, Hernán Bermúdez Requena, “El Abuelo” o “Comandante H”, presunto líder de “La Barredora”, interpuso una queja contra la resolución del juez Cuarto de Distrito en Materia Penal, con sede en Toluca, Estado de México, Daniel Marcelino Niño Jiménez, que desechó por improcedente la demanda de amparo que tramitó este mes para evitar ser extraditado a los Estados Unidos.

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El juez Daniel Marcelino Niño Jiménez notificó que el exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco tramitó el medio de impugnación, mismo que será turnado a un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito (Edomex), para su análisis y resolución.

“Téngase por recibido el escrito de cuenta, signado por el autorizado del quejoso **, por medio del cual, interpone recurso de queja en contra de la determinación de nueve de este mes y año. SE TIENE POR INTERPUESTO RECURSO DE QUEJA”, informó el juzgador.

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