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Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 67, fracción 1, de la Ley de Hacienda para Coahuila, protegiendo el derecho a la identidad de las personas.
La ministra ponente Sara Irene Herrerías, planteó invalidar el cobro de 150 pesos por el registro de nacimientos en Coahuila, al considerar que es ilegal el cobro ya que atenta el derecho reconocido en la Constitución.
“De manera que cualquier legislación que establezca un cobro por registro de nacimientos contraviene el derecho humano a la identidad en perjuicio principalmente del interés superior de las niñas, niños y personas adolescentes.
“Por estas razones, se propone declarar la invalidez del artículo 67, fracción 1º, de la ley de Hacienda para Coahuila de Zaragoza, por contravenir los artículos 1º y 4º de la constitución, así como 2º transitorio del decreto por el que se adiciona el artículo 4º de la constitución política, publicada en el diario oficial”, resaltó la ministra.
El Máximo Tribunal del país señaló que el acceso al acta de nacimiento no debe tener barreras económicas que afecten el desarrollo de las personas y el ejercicio de sus derechos.
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