Política

Senado avala en comisiones revocación de mandato

Esta solo podrá solicitarse una vez por sexenio durante los 3 primeros meses del 4to año de gobierno del periodo constitucional; el dictamen aún debe ser sometido a modificaciones consensuadas en las comisiones

Foto/Archivo El Universal
04/10/2019 |00:28
Redacción
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Las comisiones

de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos , aprobaron el dictamen de consulta popular y revocación de mandato para el Presidente de la República y gobernadores.

La oposición logró que Morena modificara la fecha para llevarse a cabo la revocación , al quedar establecido que se realizará durante los tres primeros meses del cuarto año del periodo constitucional, y sin que ésta se empalme con el proceso electoral federal de 2021.

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También consiguió que el proceso sea solicitado exclusivamente por los ciudadanos con el 3% de los inscritos en la lista nominal, por lo que dejó fuera que el Presidente de la República y el Congreso puedan solicitarla.

Asimismo, ganó que el Instituto Nacional Electoral ( INE ) sea encargado de la organización, desarrollo, cómputo de la votación y resultados, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ).

El dictamen, que circuló entre los integrantes de la comisión, quedó encorchetado debido a que se le agregarán observaciones de la oposición como que en la revocación para los gobernadores , los Congresos locales tenga seis meses para homologar sus constituciones o, de lo contrario, acatarse a lo que respecta al Presidente.

La revocación solo podrá solicitarse una vez por cada sexenio

y concluido el tercer año de ejercicio del gobierno. En tanto el INE establecerá los lineamientos y formatos de cómo se recabarán las firmas de los ciudadanos. Una vez que la convocatoria cumpla con 90 días de su publicación, el proceso se realizará el domingo siguiente de cumplido dicho plazo, es decir, en 2022.

Para que sea válido el proceso de revocación , el porcentaje de participación total debe ser de, por lo menos, el 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores . De este total, el 40% debe ser de las entidades federativas.

En caso de falta absoluta del Presidente de la República , o por revocación de mandato, el secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a 60 días.

La senadora Claudia Ruiz (PRI), consideró contradictorio que sea el secretario de Gobernación quien asuma provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo, en el entendido de que él es una extensión de dicho poder , por lo que propuso que sea el presidente del Congreso quien asuma la titularidad provisional.

El senador Damián Zepeda (PAN), dijo que su voto al igual que el del PRD y MC, será en abstención, hasta que el dictamen traiga consigo las modificaciones consensuadas en la sesión de la comisión.

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