Nación

Ocultar patrimonio, ilegalidad y un abuso: expertos

Un funcionario no decide qué publicar, para eso hay lineamientos que determinan la información que se puede reservar, explican

Eduardo Bohórquez, Director de Transparencia Mexicana; Julieta Del Río, Excomisionada del Inai; Jacqueline Peschard, Excomisionada del Ifai. Fotos: ARCHIVO EL UNIVERSAL
12/09/2026 |03:30
Alejandra Canchola
Reportera Ver perfil

Expertos en materia de transparencia y datos personales consideraron que el hecho de que servidores públicos de alto nivel oculten su alegando motivos de seguridad es una ilegalidad y un abuso.





En entrevista con , Eduardo Bohórquez, director de Transparencia Mexicana, precisó que el artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades no deja lugar a dudas: el funcionario no decide qué se hace público ni cómo, eso lo determina el a través de los formatos que aprobó el comité coordinador para ese fin.

“Hay una versión pública, que protege datos personales, y una que sólo pueden ver los órganos de control interno. Los comités de transparencia de las dependencias funcionan a modo y a pedido del titular. Por eso es tan importante recordar que el funcionario no define el tema, ni tampoco los comités de transparencia”, dijo.

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Consideró que el caso ilustra la razón del decreto que en materia de transparencia firmó la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 4 de agosto.

Uno de sus puntos clave era que la clasificación de información ya no dependiera del criterio de los servidores públicos; sino que ahora existen lineamientos específicos sobre qué datos son transparentes y qué se reserva.

Julieta del Río, excomisionada del extinto Inai, lamentó que haya todavía funcionarios que “abusan” de las lagunas legales y de los organismos locales y hasta del federal para no transparentar información a la que están obligados.

“Hoy parece que abusan o se aprovechan de que el órgano garante nacional —y no sólo a nivel nacional, en los estados está peor aún— no está revisando la clasificación, las declaraciones patrimoniales, obras y todo por cuestiones de seguridad.

“La Ley General de Responsabilidades Administrativas dice, claramente, que las declaraciones patrimoniales y de interés de todos los servidores públicos en este país es pública. De todos y ahí dice: salvo rubros que pueden afectar la vida privada o datos personales de terceros”, especificó.

Estas razones de seguridad aplican para personal cuya información podría poner en riesgo datos que comprometan al gobierno federal y los datos de terceros se refiere a información sobre asociaciones o copropiedades con personas que no son servidoras públicas.

De acuerdo con Jacqueline Peschard, excomisionada del anterior Ifai, otros datos personales que la Ley de Responsabilidades Administrativas dispone que pueden salvaguardarse son números de cuentas bancarias o de inversión, para salvaguardar el patrimonio de algunos servidores públicos.

En todo caso, especificó, se hacen versiones públicas de dichas declaraciones, es decir, con datos sensibles testados, pero lo demás permanece visible.

“Esas declaraciones son públicas siempre. Antes, la publicidad de las declaraciones patrimoniales y de intereses dependían de que el servidor público lo autorizara, pero desde 2016 ya son públicas. Esta información la recaba la secretaría del Sistema Nacional Anticorrupción y una omisión la debe sancionar el órgano interno de control respectivo de cada dependencia o entidad”, señaló.

En ese sentido, Julieta del Río consideró que, al menos en el caso de Octavio Romero, director general del Infonavit, quien ocultó su declaración patrimonial, no sólo de la Plataforma Nacional de Transparencia, sino también de la plataforma Declaranet, la Secretaría Anticorrupción debe iniciar una investigación de oficio.

“El órgano de fiscalización interno del Poder Ejecutivo Federal tiene la obligación, de acuerdo a la ley orgánica, de ir por otro lado: no se trata del recurso que tiene el ciudadano, sino en lo legal, éste debería iniciar una investigación porque no se encuentra la declaración, que es obligatoria”, precisó.

Por último, Adrián Alcalá, excomisionado del Inai, también coincidió en que no le corresponde a la presidenta Claudia Sheinbaum determinar o no la publicidad, ni exigir a ningún servidor público que haga lo que ya le mandata la ley.

“Un servidor público presenta su declaración ante el órgano interno de control del ente donde labora; entonces, le corresponde al OIC de Infonavit; por ejemplo, determinar la calidad de pública de la declaración”, precisó.

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