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INE descarta retirar spots del PRI contra Morena y Samuel García; argumenta libertad de expresion

Según los solicitantes, los spots "PRI defensores" y "Ruta del enriquecimiento" les atribuían crímenes como enriquecimiento ilícito

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
01/04/2026 |19:49
Ulises Uribe
Redactor webVer perfil

La Comisión de Quejas y Denuncias del (INE) resolvió dos medidas cautelares contra del (PRI) debido a la presunta difusión de promocionales que podría configurar calumnia y determinó que es improcedente ordenar el retiro de los materiales.





En un comunicado, explicó que una fue solicitada por Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y otra por el gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda.

En ese sentido, detalló que en el primer asunto, Morena pidió la adopción de la tutela preventiva y la suspensión del promocional denominado como “PRI DEFENSORES”, al considerar que en sus versiones para radio y televisión se les imputan conductas ilícitas y delictivas.

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Pero, precisó que, después de la discusión, se acordó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral declarara el sobreseimiento parcial de la queja respecto de la versión radiofónica, porque en ésta no se hace alguna referencia al partido político.

Con relación a la segunda queja, apuntó que García Sepúlveda solicitó suspender el promocional identificado como “RUTA DEL ENRIQUECIMIENTO”, en su versión radiofónica y televisiva, ya que considera que en el contenido se le imputan delitos de apropiación indebida de recursos públicos y enriquecimiento ilícito, con la intención de afectar su reputación.

Al respecto, el INE indicó que por unanimidad de votos, en ambos casos, resolvió que es improcedente ordenar el retiro de los materiales, pues las manifestaciones denunciadas, desde una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no implican la imputación directa y unívoca de un delito o hecho falso, más bien que se trata de la opinión crítica que lleva a cabo el partido denunciado con relación a diferentes temas aludidos en los promocionales, lo cual está amparado por la libertad de expresión.

Además, señaló que en lo referente a la tutela preventiva, se consideró improcedente ordenar al PRI a abstenerse de difundir cualquier material con contenido calumnioso, al considerar que se trata de una solicitud que versa sobre hechos futuros de realización incierta.

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dft/bmc

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