El Gobierno de la Ciudad de México especificó que entrarán como actividades esenciales durante las semanas con el semáforo rojo pequeños negocios de barrio de máximo tres trabajadores, cuyo giro mercantil sea de revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería, carpintería y herrería.

También se incluyeron las estéticas, peluquerías, salones de belleza y venta y reparación de bicicletas, los cuales antes tenían que bajar sus cortinas igual que los no esenciales.

De acuerdo con una nota aclaratoria publicada este martes en la Gaceta Oficial sobre las medidas extraordinarias por el semáforo rojo, que entrarán en vigor este miércoles, se indica que las actividades mencionadas, así como las no esenciales, deberán cerrar también en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México.

Si bien ya se había anunciado que todo comercio no esencial cerraría en esta zona, se especificó que también los mencionados como puestos de revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería y peluquerías, así como ópticas.

Al respecto, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, explicó que la aclaración en la Gaceta Oficial se debe a que hubo una “confusión” con el Centro Histórico y que los pequeños negocios de barrio pueden abrir bajo ciertas consideraciones sanitarias.

Giros permitidos

Actualmente las actividades esenciales son: las relacionadas con atención de la salud; manufacturas; construcción; telecomunicaciones; producción y venta de alimentos y abarrotes; venta de alimentos preparados (únicamente servicio para llevar o entrega a domicilio); producción y venta de medicamentos y material de curación; banco, y servicios de hospedaje.

También figuran los servicios públicos, es decir, aquellos relacionados con seguridad, agua, obra pública, tributarios y los necesarios para la operación; cadena de servicios y proveedurías para sectores esenciales y pequeños negocios de barrio de máximo tres trabajadores, cuyo giro mercantil sea de revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería, carpintería, herrería, estéticas, peluquerías, salones de belleza, y venta y reparación de bicicletas.

En los tianguis y mercados sobre ruedas, únicamente podrán comercializarse productos de canasta básica y alimentos para llevar; cumpliendo estrictamente los lineamientos, protocolos y/o guías de medidas de protección a la salud establecidas por el Gobierno local y las alcaldías.

En tanto, el Instituto de Verificación Administrativa (Invea), en coordinación con las demás autoridades competentes de la Ciudad, realizará las actividades de supervisión y vigilancia a los establecimientos mercantiles y demás actividades esenciales que se encuentren operando, a efecto de comprobar el cumplimiento de las medidas sanitarias generales y específicas de protección a la salud establecidas para cada sector.

En caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda.

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