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El presidente del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJ-CDMX), magistrado Rafael Guerra Álvarez, propuso la eliminación del auto de vinculación a proceso, al advertir que ese argumento legal previsto en el artículo 19 constitucional, es confuso, incongruente con la metodología del sistema acusatorio y no garante del respeto a los derechos humanos, por lo que propuso eliminarlo del precepto mediante una reforma constitucional.
Al dictar la conferencia magistral Reforma constitucional para eliminar el auto de vinculación a proceso , organizada por el Instituto de Investigaciones Legislativas del Congreso capitalino, abundó que esa figura no garantiza la libertad personal, el principio de continuidad, además de que resulta inconvencional, ya que no es acorde a tratados internacionales que prevén la obligatoriedad de las autoridades de informar de manera inmediata los cargos a un detenido y formularle acusación.
Bajo este argumento, el presidente magistrado Guerra Álvarez, propuso que en lugar del auto de vinculación a proceso, se incorpore en el párrafo segundo del artículo 19 constitucional, como elemento de estudio en la imposición de medidas cautelares, la apariencia del buen derecho, en tanto que en el Código Nacional de Procedimientos Penales alguno de los modelos de control de la acusación que realiza la fiscalía, tales como el control de la acusación como excepción o la obligatoriedad del control de la acusación.
Auto de vinculación a proceso no es claro
“En mi ánimo hay confianza en que lo señalado goce de claridad para poder reflexionar en torno al famoso auto de vinculación a proceso , que ha generado una problemática procesal en los operadores y teóricos del proceso penal, y que, al mismo tiempo, nos permite que el día de hoy se ponga a consideración de este foro ideas que contribuyan a la congruencia de la forma en que en México se juzga a las personas que se presumen inocentes”, comentó el magistrado con la presencia del presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del órgano legislativo, Octavio Rivero Villaseñor, y del titular del Instituto de Investigaciones Legislativas, Alejandro Serrano Pastor.
Al ahondar en su planteamiento, dijo que, no obstante que la reforma constitucional de 2008 fue de avanzada, mantuvo el auto de formal prisión, pero ahora bajo el nombre de auto de vinculación a proceso, incluso cuando ésta no se corresponde con un proceso acusatorio oral como el actual.
A juicio del magistrado, el auto de vinculación a proceso no cumple con la condición de ser claro , lo que lo convierte en confuso e incongruente; ante la presencia de un delito, abundó, el proceso penal debe ser claro para todos los gobernados, pero sobre todo ser congruente y garantizar en cada una de sus etapas el respeto a los derechos humanos.
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