Metrópoli

Fijan plazos para cargos anticorrupción

En 30 días deberán designar a contralores de órganos autónomos

Diputados tuvieron que reponer la Ley del Sistema Anticorrupción local, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación la echó abajo. ARCHIVO EL UNIVERSAL
27/02/2020 |01:13Eduardo Hernández |
Redacción El Universal
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El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la gaceta local el dictamen por el que se expide la Ley del Sistema Anticorrupción capitalino, que fue aprobado hace unos días por el Congreso capitalino, en el que establecen los mecanismos para prevenir, detectar, investigar y sancionar cualquier hecho de corrupción y faltas administrativas por servidores públicos capitalinos.





Asimismo, se regula la organización y funcionamiento del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, del Comité Coordinador y de la Secretaría Ejecutiva, y se establecen las bases de la coordinación entre sus integrantes.

De acuerdo con el tercer punto transitorio de este documento, la Comisión de Transparencia y Combate a la Corrupción del Congreso deberá elegir a los próximos integrantes de la Comisión de Selección de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción, en los próximos 30 días naturales.

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Esta comisión tendrá otros 30 días, como máximo, para elegir a los cinco integrantes del Comité de Participación Ciudadana, que durarán en el cargo entre uno y cinco años, quienes se rotarán la representación ante el Comité Coordinador.

En un periodo de 30 días naturales, el Congreso local también deberá designar a los titulares de los órganos internos de control de los Organismos Autónomos Constitucionales; es decir, del Consejo de Evaluación; de la Comisión de Derechos Humanos; del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas; del Instituto Electoral, y del Tribunal Electoral, todos de la capital del país.

Además, esta ley establece que el Comité de Participación Ciudadana deberá enviar al Congreso la terna para la designación del Contralor Interno del Congreso, 60 días antes del final de la Legislatura.

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