Los establecimientos mercantiles con actividades no esenciales que no cierren a las 17:00 de lunes a domingo y que se encuentren en los y en las 200 colonias prioritarias serán suspendidos total o parcialmente hasta por 15 días naturales.

De acuerdo con la Gaceta oficial, el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), en coordinación con las demás autoridades competentes de la Ciudad de México, realizarán las actividades de supervisión y vigilancia a los establecimientos mercantiles y demás actividades que se encuentren operando, a efecto de comprobar el cumplimiento del cierre de establecimiento a las 17:00 horas de lunes a domingo, con excepción de los que tienen giro de hospedaje y los considerados como actividad esencial.

“En caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda”, indica el aviso.

En el caso de los establecimientos mercantiles ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la Ciudad de México, podrán brindar servicio al público hasta las 17:00 horas de lunes a domingo pero la Secretaría de Gobierno en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico, determinarán cierres alternados de establecimientos mercantiles ubicados en dicho perímetro, para los días domingo y lunes.

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Mientras tanto en los establecimientos mercantiles que se encuentren operando en las colonias de atención prioritaria, cuyo listado está disponible en el enlace electrónico únicamente podrán brindar servicio al público de lunes a domingo hasta las 17:00 horas; con excepción de los que tienen giro de hospedaje y los considerados como actividad esencial.

lr/ rdmd

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