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Chilpancingo. - La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por unanimidad determinó que el medio digital El Tlacolol no ejerció violencia política en razón de género contra la magistrada de Circuito del Tribunal Colegiado de Apelación del 21, en Acapulco, Yolanda Mora Silva.
En agosto del 2025, los reporteros Jesús Guerrero Salgado, Emiliano Tizapa Lucena y Arturo de Dios Palma Ocampo fueron notificados que la entonces jueza del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero (TSJEG) y candidata a magistrada de distrito los denunció ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) por supuestamente haber ejercido en su contra violencia política en razón de género.

La ahora magistrada denunció a los reporteros por un artículo publicado en El Tlacolol el 28 de mayo del 2025 titulado "Gobierno de Guerrero palomea a sus candidatos en elección judicial”; en el texto se hace un recuento de algunos personajes que estaban participando en la campaña de la elección judicial.
Sobre Mora Silva, el texto de El Tlacolol se hace la referencia de contexto de que su esposo es el magistrado del TSJEG, Paulino Jaimes; además de que su nombre apareció en las listas o acordeones que se difundieron para que los ciudadanos ocuparan el día de la elección.

La promoción de los acordeones la hicieron principalmente políticos vinculados a Morena.
Otra referencia que se hizo en el texto de El Tlacolol a Mora Silva, fue que en ese momento era ella la jueza que vinculó a proceso al ex encargado de la Secretaría de Seguridad Pública de Chilpancingo, el teniente retirado del Ejército, Germán Reyes Reyes, acusado de ser el autor intelectual del asesinato y decapitación del alcalde Chilpancingo, el perredista Alejandro Arcos Catalán.

Los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, determinaron por unanimidad que era “inexistente” la violencia política en razón de género contra la ahora magistrada.
Consideraron que el contenido del texto publicado en El Tlacolol no tenía expresiones discriminatorias ni denostativas, ni que vulneraron la dignidad de la quejosa por su condición de mujer.
“En las expresiones denunciadas no se advierten elementos que puedan configurar violencia simbólica o verbal, o de otra naturaleza, que tuviera como propósito o resultado restar valor al desempeño de la quejosa en la judicatura local o demeritar su candidatura”, señala la resolución.

Los magistrados afirmaron que el trabajo periodístico de El Tlacolol está protegido por la libertad de expresión y que contribuía al debate público y proporcionar información relevante a la población en el contexto del proceso electoral.
“Aun cuando pudieran considerarse críticas severas, vehementes, molestas o perturbadoras respecto de su actuación como juzgadora local, la quejosa se encontraba sujeta al escrutinio público más intenso, al participar como candidata en el proceso de elección de Poder Judicial de la Federación, en función del interés general y del derecho de la ciudadanía a recibir información útil para emitir un voto libre y razonado”.
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