En medio de protestas, el pleno del Congreso del Estado de Puebla, aprobó diversas reformas legales para regular el tránsito de scooters y bicicletas eléctricas, así como imponer mayores controles a los motociclistas, por lo que fue llamada la Ley Casco.
Con el voto a favor de la mayoría morenista y sus aliados, avalaron una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado, cuyo punto de mayor controversia fue imponer medidas de control a los motociclistas.
Y es que con esta reforma se obliga a particulares a portar en el casco un distintivo expedido por la Secretaría de Movilidad y Transporte y a los repartidores de distintas aplicaciones un chaleco fluorescente y el número de identificación.
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Legisladores de oposición denunciaron que la Ley Casco es discriminatoria y viola la Ley de Personalidad, además que no está a regulado en el Código Financiero la expedición de un distintivo especial para los motociclistas.
A las afueras de la sede legislativa, docenas de motociclistas se manifestaron en contra de dichas reformas y denunciaron que nunca fueron escuchados por los diputados de Morena.
Incluso, los inconformes cerraron una importante vialidad, lo que generó fuertes problemas viales.
Reglas a motociclistas
Las reformas señalan que en el casco de los motociclistas se deberá adherir un distintivo con código o serie alfanumérica que identifique a la persona.
Dicho código deberá dirigir al sistema que para el efecto integre la Secretaría de Movilidad y Transporte con base en los datos de las licencias de manejo de motociclistas.

Se estipula el uso de chamarra o chaqueta con al menos el veinte por ciento de material reflejante, obligatorio en cualquier horario; circular en todo momento con las luces encendidas; se prohíben tripulantes menores de doce años.
Así como queda prohibido transportar a personas que no puedan sostenerse por sí mismas; así como la alteración de motocicletas para la ampliación de asientos.

Para el caso de motocicletas destinadas al servicio de mensajería y paquetería en activo, solo podrá circular la persona conductora; no podrán portar el casco de seguridad cuando desciendan de la motocicleta.
Además deberán circular en medio del carril y no podrán circular dos o más motocicletas en el mismo carril.
En tanto, las bicicletas eléctricas, monopatines eléctricos y otros dispositivos de tracción asistida que superen los 25 kilómetros por hora, no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad, salvo en los casos en que exista infraestructura segura.
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