Cuernavaca, Mor.- A 11 años de la recuperación de 119 restos humanos en una del poblado indígena de Tetelcingo, Morelos, las autoridades responsables de ordenar la sepultura irregular sortearon la vinculación a proceso porque el juez especializado consideró que los delitos imputados habían prescrito y que la investigación ministerial carecía de solidez.

Ese resolutivo de no vinculación a proceso favoreció a Yolanda Fabiola Barajas Martínez, excoordinadora de Servicios Periciales de la Fiscalía General del Estado (FGE), señalada como responsable de ejecutar el depósito de los en esa fosa, cuyo terreno era de carácter ejidal.

El “Informe sobre las fosas de Tetelcingo”, elaborado por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) cita que el 28 de marzo de 2014, fecha en la que el gobernador Graco Luis Ramírez Garrido (2012-2018) Abreu decretaba públicamente el 28 de marzo como el Día Estatal de las Víctimas, se reportó la “sepultura de 150 cuerpos en el panteón de Tetelcingo” por la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Morelos a cargo de Rodrigo Dorantes Salgado, según la tarjeta informativa de la Dirección de la Policía Preventiva Municipal, Mando Único de Cuautla.

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Entre esos cuerpos se encontraba el de Oliver Wenceslao Navarrete Hernández que, a pesar de estar plenamente identificado por su familia, fue e inhumado de manera ilegal y clandestina en esas fosas.

En diciembre de ese mismo año, la familia de Oliver, al enterarse de manera extraoficial de esa acción criminal, obligó a las autoridades a exhumarlo y a que se lo entregaran.

La audiencia

En ese contexto, el juez especializado centró su atención en dos delitos atribuidos a la excoordinadora de Servicios Periciales de la FGE, Barajas Martínez: delitos contra el respeto a los muertos y delitos cometidos por servidores públicos.

Sin embargo, la defensa desactivó la acusación al advertir que la penalidad de ambos ilícitos ya había prescrito, un argumento que la Fiscalía no rebatió.

El abogado defensor, Hugo Adrián Patiño, detalló que para el delito contra el respeto a los muertos, la pena máxima de 2 años, se extinguió desde julio de 2015 y para delitos cometidos por, con penalidad máxima de 8 años, la prescripción concluyó el 13 de junio de 2020.

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De acuerdo con la audiencia la representación ministerial no pudo explicar qué hizo la persona imputada

Uno de los puntos más críticos de la audiencia ocurrió cuando la defensa señaló que la FGE atribuyó responsabilidad penal a Barajas solo por el cargo que ocupaba, sin describir una acción u omisión concreta que la vinculara directamente con la inhumación irregular de los 119 cuerpos ocurrida el 28 de marzo de 2014.

La agente del Ministerio Público Angélica de Jesús Hernández Pérez sólo pidió al juez realizar un “ejercicio de control de convencionalidad”, es decir, resolver en favor de las víctimas. Sin embargo, no ofreció elementos jurídicos para sostener la vinculación ni refutar la prescripción alegada.

Más la FGE Morelos informó a que el caso de la fosa de Tetelcingo “es parte del rezago que enfrenta la nueva gestión de la Fiscalía que inició en febrero pasado. Por ello, iniciará una nueva fase de reuniones con colectivos de búsqueda para trazar acciones con pleno de respeto a las víctimas”.

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aov/cr

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