El Poder Judicial de Quintana Roo inició una investigación administrativa contra el juez de Control en materia penal, Jonathan Yong Mendoza, y solicitó al Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), sea suspendido temporalmente de sus funciones como medida cautelar, en tanto se esclarece lo ocurrido la noche del pasado 24 de diciembre, cuando presuntamente y portaba un arma de fuego, al encontrarse ambos en el fraccionamiento Palmaris, en la ciudad de Cancún.

Los hechos quedaron plasmados en imágenes difundidas a través de redes sociales y motivaron que colectivas feministas exigieran la destitución del juzgador.

Dos días después, la agresión fue denunciada de forma anónima a través del sistema electrónico institucional del Poder Judicial estatal y fue sustentada con las imágenes correspondientes.

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Con base en dicha denuncia, el Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas del Poder Judicial inició las diligencias correspondientes para el análisis del caso.

Además, como parte del procedimiento, solicitó al Tribunal de Disciplina Judicial –figura de reciente creación a partir de la reforma al Poder Judicial– la aplicación de una medida cautelar consistente en la suspensión temporal de funciones de Yong Mendoza, con el objetivo de proteger el interés público y garantizar que la investigación se desarrolle con responsabilidad, transparencia y apego a la ley.

El Poder Judicial precisó que la medida solicitada no constituye una sanción definitiva, sino una acción preventiva mientras se recaban los elementos necesarios para determinar si existen responsabilidades administrativas conforme a la normatividad vigente y, en su caso, presentar la acusación correspondiente.

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La institución subrayó que la conducta de quienes imparten justicia “debe ser intachable, dentro y fuera de los tribunales, sin limitarse a horarios de trabajo y en coherencia con el compromiso permanente con la sociedad”.

Por separado, el colectivo Femenil Xtabay pidió públicamente al Poder Judicial y a la gobernadora de Quintana Roo, “Mara” Lezama, que se aplique al juzgador la Ley 3 de 3, y que se inicie una investigación para administrativa del funcionario que suspende los derechos para ocupar cargos.

La demanda incluye un exhorto a la mujer víctima del presunto ataque, para que interponga la denuncia correspondiente.

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Al respecto, vale aclarar que la aplicación de la Ley 3 de 3 –resultado de la homologación de reformas aprobadas por la Legislatura de Quintana Roo– depende de que se tenga una sentencia firme dictada sobre aquel funcionario que haya cometido alguna y acto de violencia o sea deudor alimentario.

Lo anterior implica que no es posible aún aplicar dicha disposición al juzgador, pues apenas se inició la investigación del caso.

Dicho Tribunal sesionará mañana y tendrá que determinar si separa o no del cargo –temporalmente– al funcionario, sin que ello implique una sentencia firme.

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