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Con nueva ley, Congreso de Jalisco busca prevenir el reclutamiento forzado de monores de edad; olvidan tipificarlo como delito

La nueva legislación establece una diferenciación entre las víctimas de trata de personas y las víctimas de reclutamiento con el objetivo de que estas últimas reciban una atención acorde con las características y necesidades particulares de esta problemática

Con nueva ley, Congreso de Jalisco busca prevenir el reclutamiento forzado de monores de edad; olvidan tipificarlo como delito. Foto: Diego Simón Sánchez / ARCHIVO EL UNIVERSAL
04/09/2026 |15:00
Raúl Torres
Corresponsal en JaliscoVer perfil

Sin tipificar como delito el , el Congreso de Jalisco aprobó una ley con la que busca prevenir que los menores de edad sean captados por los; el objetivo primordial, según las y los diputados, es que el Estado atienda de manera especializada a las víctimas de reclutamiento, además de garantizar la progresividad de sus derechos humanos y salvaguardar el interés superior de la niñez.





La nueva legislación establece una diferenciación entre las víctimas de y las víctimas de reclutamiento con el objetivo de que estas últimas reciban una atención acorde con las características y necesidades particulares de esta problemática y se garantice el pleno ejercicio de sus derechos.

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Con nueva ley, Congreso de Jalisco busca prevenir el reclutamiento forzado de monores de edad, pero olvidan tipificarlo como delito (JORGE ALBERTO MENDOZA. ARCHIVO EL UNIVERSAL)

La normativa también delinea atribuciones y competencias para las autoridades estatales y municipales, así como mecanismos de cooperación y coordinación para la prevención, atención y erradicación del reclutamiento, contempla políticas, planes y acciones públicas, además de un sistema de datos que permita conocer, identificar, planear y prevenir esta problemática, además de brindar asistencia y protección integral a las víctimas.

El pleno del Congreso también aprobó reformas al Código Penal del Estado de Jalisco para establecer que el delito de desaparición forzada sea considerado permanente e imprescriptible y que se persiga de oficio cuando la autoridad conozca, por cualquier medio o reporte, de su existencia.

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