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Anuncian exención de impuestos en zonas afectadas por lluvias en Veracruz

Los beneficios se aplicarán para los meses de octubre, noviembre y diciembre en 11 municipios

La exención de impuesto es para habitantes de 11 municipios severamente afectados por las lluvias e inundaciones de principios del mes de octubre. Foto Especial
12/11/2025 |10:36
Édgar Ávila Pérez
Corresponsal en Veracruz y PueblaVer perfil

El anunció que exentará de diversos impuestos a afectados de las lluvias e inundaciones de la región norte del estado.





A través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial del Estado, se acordó la exención de impuesto para habitantes de 11 municipios severamente afectados por las lluvias e inundaciones de principios del mes de octubre.

En el decreto se incluyó a los impuestos sobre nómina, tenencia vehicular, derechos de control vehicular y los pagos por recargos y actualizaciones, así como del fomento a la educación, y el pago de los derechos por baja de vehículos de servicio público y privado.

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Los beneficios se aplicarán para los meses de octubre, noviembre y diciembre en los municipios de Álamo, Coatzintla, El Higo, Huayacocotla, llamatlán, Ixhuatlán de Madero, Poza Rica, Tempoal, Texcatepec, Zacualpan y Zontecomatlán.

El decreto establece diversos mecanismos para que los afectados accedan a dichos beneficios fiscales, por ejemplo, en el caso del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, deberán estar inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes, sus domicilios fiscales en los municipios señalados y sus trabajadores registrados ante el IMSS.

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En tanto, el beneficio fiscal del cien por ciento en el pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de vehículos y en los recargos y actualizaciones, así como de los Derechos de Control Vehicular de los ejercicios fiscales 2025 y anteriores, se aplicará a los contribuyentes con vehículos considerados como pérdida total.

En cuanto a los créditos fiscales que deriven de la causación del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal -que se estén pagando a plazos, ya sea diferido o en parcialidades-, el beneficio consistirá en diferir su pago, únicamente por los meses señalados.

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afcl/LL

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