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Juez suspende acuerdo energético promovido por Rocío Nahle

La decisión deja sin efectos, temporalmente, el acuerdo mediante el cual la Sener buscaba el control total del Sistema Eléctrico Nacional y frenaba las inversiones de energías limpias o renovables

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
29/05/2020 |12:34
Noé Cruz Serrano
Reportero de la sección CarteraVer perfil

Un juez federal concedió una suspensión provisional al Acuerdo sobre la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional que promovió la secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle García, el pasado 15 de mayo.

Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo Especializado en Competencia Económica, concedió la suspensión por el amparo promovido por la organización ambientalista Greenpeace .

La decisión deja sin efectos, temporalmente, el acuerdo mediante el cual la busca el control total del Sistema Eléctrico Nacional y frena las inversiones de o renovables.

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Hasta ahora, los amparos de la iniciativa privada que participa en el sector se había centrado en el acuerdo del Cenace, que acota la posibilidad de conectar nuevas centrales de energías renovables al sistema de transmisión de CFE .

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Greenpace sustenta su amparo en el hecho de que la política tiene mucho más alcance e involucra a prácticamente todos los productores o generadores independientes, los cuales nacieron con las modificaciones a la Ley del Servicio Público de Electricidad y otros con la Reforma Energética.

Incluso, la titular de la Sener, Rocío Nahle García, solicitó con carácter de urgente la publicación del Acuerdo por el que se emitió la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional del Centro Nacional de Control de Energía en el Diario Oficial de la Federación sin someterlo al procedimiento de mejora regulatoria para demostrar las consecuencias que tendrían las nuevas reglas en el sector.

La nueva política impone una serie de pruebas y limitaciones a nuevas centrales de generación de energía vía métodos renovables, limita la emisión de permisos para nuevas plantas eólicas o solares y prohíbe la construcción de proyectos en lugares que considere congestionados o con poca capacidad de transmisión, con la finalidad de “evitará sobrecargas en la red nacional de transmisión, para así satisfacer la demanda de los usuarios finales”.

El ordenamiento jurídico devuelve a la , en su carácter de transportista y distribuidor, un papel proactivo en el diseño y ejecución de la expansión del SEN , mediante la optimización de los costos y asegurando su Confiabilidad.

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A su vez, considera que el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica son áreas estratégicas del Estado Mexicano, de ahí que el Estado mantendrá su titularidad para busca la seguridad e independencia energética, para mitigar los riesgos producidos por la importación de combustibles, aprovechando todos los recursos para la generación de electricidad.

La suspensión señala que deberán suspenderse “todos los efectos y consecuencias del acuerdo por el que se emite la política”.

Sostiene que los sujetos obligados entre los que se encuentran la CRE y el Cenace “deberán abstenerse de cumplir con las obligaciones generales y particulares del acuerdo reclamado”, explicó el juez.

Gómez Fierro determinó que, para no generar un vacío normativo, deberán seguir vigente la política de confiabilidad expendida por la propia Sener en 2017.

Subraya que todas las autoridades en el ámbito de su competencia están obligadas a cumplir con la suspensión provisional o torgada, “aun en el supuesto que no hubieran sido llamadas como responsables, por lo que deberán abstenerse de seguir los lineamientos de dicha política”.

La Sener podrá impugnar la suspensión provisional ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 horas para resolver, mientras que el juez Gómez Fierro tiene como fecha límite el próximo 4 de junio para conceder, si así es el caso, la suspensión definitiva que frenaría el acuerdo promovido por la secretaría de Energía.

Greenpace

pidió declarar anticonstitucional el artículo 136 de la ley que establece medidas de seguridad que la autoridad puede imponer para garantizar la confiabilidad y continuidad del SEN.

cev/fml

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