Economía

Si no puedes cumplir con avisos antilavado, la UIF y el SAT te dicen qué hacer

Ante la contingencia del Covid-19, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera dieron a conocer que los avisos antilavado tendrán que ser documentados

Foto: Pixabay
30/03/2020 |11:51
Leonor Flores
reportera de la sección CarteraVer perfil

Ante la contingencia por el Covid-19 los casinos, inmobiliarias, distribuidoras de autos, joyerías y empresas de blindaje entre otras actividades vulnerables al lavado de dinero que no puedan entregar a tiempo los avisos de operaciones sospechosas, tendrán que documentarlo.





Así lo determinó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) , en un comunicado emitido esta mañana.

Las actividades vulnerables al lavado de dinero tienen que cumplir con dar avisos al SAT de operaciones con efectivo con cierto umbral cada mes, y en caso de no cumplir, son sujetas a sanciones.

Club El Universal

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Así lo establece la Ley Federal de para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Las multas por no presentar los avisos antilavado a tiempo van de 844 mil 900 pesos a 5 millones 491 mil pesos.

La UIF y el SAT señalaron que en caso de incumplir, con la documentación del atraso, podrán solicitar un programa de autocorrección.

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Al igual que al sistema financiero, también les pidió estar atentos a cualquier irregularidad relacionada con el coronavirus.

shgm

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