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La asociación “Pro-Animal huellas de Cancún”, condenó el ecocidio provocado en “Malecón Tajamar”, en donde las autoridades responsables de ordenar la destrucción de manglares y la matanza de animales sepultados con tierra y máquinas, violaron la Ley de Protección y Bienestar Animal de Quintana Roo.
“Más allá de si contaban con los permisos ambientales para hacerlo o no -debido a una compra-venta previa de los lotes- es importante dar a conocer que se violó una ley vigente, que es la de Protección y Bienestar Animal de Quintana Roo, resaltando que ni siquiera es necesario conocerla y que, por lógica y ética, por lo menos se debió efectuar el Plan de Manejo de Rescate de Flora y Fauna”, expresó la dirigente de Pro-Animal, Mónica Chavarría.
La activista indicó que se trata de un caso de eminente crueldad y maltrato animal, de acuerdo con lo establecido en dicha ley y en el Código Penal estatal, que dijo, deben ser aplicados y castigadas penalmente las autoridades responsables.
El artículo 91 de la Ley de Protección y Bienestar Animal establece que aquellos servidores públicos que estén obligados a hacer valer ese mandato, y hagan caso omiso a sus obligaciones, “serán sancionados según las consecuencias que se deriven de su conducta u omisión y de conformidad a las leyes aplicables”.
El artículo 179 BIS del Código penal del estado, señala que al que injustificada o intencionalmente realice actos de crueldad en contra de cualquier especie animal, causándole maltrato evidente, sin que ponga en peligro la vida del animal, se le impondrán de 6 meses a un año de prisión y de 25 a 50 días de multa.
El 179 TER agrega que si se causara la muerte del animal, el responsable purgará dos años de cárcel y de 100 a 200 días de multa, así como aseguramiento de los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo.
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Autoridades federales y locales involucradas
El titular de la autorización de impacto ambiental que ampara la urbanización, lotificación y construcción en el polígono de 78.4 hectáreas, de las cuales 58 son desarrollables y en 65 por ciento, había manglar, es el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), que contrató a una empresa para introducir la maquinaria y desmontar 22 hectáreas de selva, sabana y humedales.
En tanto, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), cuya obligación es verificar el cumplimiento de lo autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y velar por la seguridad de especies de flora y fauna –más aun si están enlistadas en normas oficiales mexicanas, como es el caso- sigue ausente de la escena. Ciudadanos han interpuesto ocho denuncias populares que no han encontrado respuesta y, a una semana del ecocidio, ningún inspector se ha presentado en el lugar.
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A nivel municipal, la Dirección de Ecología expidió las autorizaciones de chapeo y desmonte con base en un programa de rescate de flora y fauna del 2006, pese a que en nueve años la situación de los animales evidentemente debió haberse modificado, a decir de organizaciones ambientalistas y ciudadanos.
El gobierno del estado, que tuvo conocimiento del operativo de desmonte de manglares y que incluso mandó a elementos de Seguridad Pública para montar –junto con la policía municipal- un cerco que impidiera a la ciudadanía ingresar al polígono, omitió mandar a inspectores de la Procuraduría Estatal Ambiental para verificar el cumplimiento de la Ley de Bienestar Animal.
“La ley no exime a nadie, ni siquiera a las autoridades”, afirmó Chavarría, quien citó que fue violado el artículo 4° en su fracción XXVI, que versa sobre maltrato, definiéndolo como todo hecho, acto u omisión del ser humano que pueda ocasionar dolos, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida animal o afecte gravemente su salud o integridad física.
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También el 5°, que obliga a todos los habitantes del estado a proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, asistencia, auxilio, trato digno y respetuoso, velar por su desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento y la zoofilia.
El artículo 34 establece que se consideran actos de crueldad y maltrato animal, aquellos que les causan la muerte utilizando cualquier medio que provoque sufrimiento; todo hecho u omisión que ocasione dolor, ponga en peligro la vida o integridad del animal o que afecten su comportamiento.
Los relatos de vecinos que habitan las residencias y los condominios a un costado o frente al polígono de “Malecón Tajamar”, dan cuenta de cómo escucharon aves chillar durante la madrugada del 16 de enero pasado, durante el transcurso del día y al siguiente.
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Proponen en Cabildo interponer la denuncia respectiva
El regidor del ayuntamiento de Benito Juárez (Cancún), Antonio Cervera, propuso en sesión de Cabildo, celebrada el viernes pasado, denunciar la violación a la Ley de Protección y Bienestar Animal, “al no existir algún plan de manejo de rescate de la flora y fauna silvestre, al momento de iniciar los trabajos de desmonte en Malecón Tajamar”.
“Se trata de un tema de falta de ética, crueldad y de maltrato animal de acuerdo a lo que establece dicha ley y el Código Penal de nuestro estado; recordando que la ley no exime a nadie, solicitando de esta manera que sea cumplida y se castigue a los responsables”, dijo ahí el presidente de la Comisión de Bienestar animal del cuerpo cabildar.
El concejal subrayó que, a diferencia de otras leyes, ésta se puede y debe aplicar, al no ser retroactiva.
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“A diferencia de otras leyes que pueden ser evadidas, esta no, pues en el momento de la devastación se debió exigir la observancia de la ley estatal”, sostuvo.
msl
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