Este 14 de diciembre el pleno del Senado aprobó las , con lo que se beneficia a los trabajadores, pero ¿cuándo entra en vigor está disposición y cuántos días contempla?

Son muchas las dudas que han surgido tras la aprobación de la reforma de Vacaciones Dignas en la Cámara de Diputados, que otorgará 12 días de descanso a los trabajadores en su primer año de trabajo.

La reforma se avaló por unanimidad con 116 votos a favor y sin cambios a la minuta enviada desde San Lázaro.

La reforma fue turnada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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¿Cuándo entran en vigor las Vacaciones Dignas?

Los transitorios de la Reforma de Vacaciones Dignas establecen que éstas entrarán en vigor el 1 de enero de 2023 o el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Las Vacaciones Dignas serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, en cualquier que sea su forma o denominación.

¿Cuántos días de vacaciones tendrán los trabajadores a partir de 2023?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de México recordó a los empleados que con la aprobación de esta reforma, los trabajadores tendrán por lo menos 12 días de vacaciones, los cuales aumentarán de acuerdo a la antigüedad.

“Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”, indica la Reforma.

Los días de vacaciones quedarían de la siguiente manera:

Año 1 – 12 días

Año 2 – 14 días

Año 3 – 16 días

Año 4 – 18 días

Año 5 – 20 días

6 a 10 años – 22 días

11 a 15 años – 24 días

16 a 20 años – 26 días

21 a 25 años – 28 días

26 a 30 años – 30 días

31 a 35 años – 32 días


¿Cómo aplican las vacaciones hasta diciembre de 2022?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) durante el periodo de vacaciones el patrón deberá cubrir el salario ordinario que comúnmente reciben los trabajadores en sus días laborables.

Adicionalmente se debe cubrir al trabajador con una prima vacacional equivalente al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.

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Además, la Profedet indica que en ningún caso las vacaciones deben ser compensadas con remuneración alguna a cambio de no tomarlas. “se tiene que otorgar el periodo a disfrutar”.

Hasta antes de la aprobación de la Reforma, los trabajadores de empresas privadas contaban con seis días de vacaciones en su primer año, que aumenta en dos días hasta llegar a 12 por cada año subsecuente de servicios.

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