La información veraz, clara, accesible y oportuna es un elemento fundamental en contextos de emergencia, como los originados a causa de los fenómenos naturales. Ponerla a disposición de la sociedad contribuye a que se tomen decisiones informadas que, incluso, pueden salvar su vida.

En ese sentido, la información de interés público debe hacerse del conocimiento de la sociedad antes, durante y después de los sucesos, a fin de prevenir, enfrentar y atender su impacto.

En ese contexto, y ante los desafortunados desastres naturales que han afectado a nuestro país, el derecho a saber es un mecanismo contundente que permite a la sociedad sobreponerse a las afectaciones causadas. Muestra de ello, es lo solicitado a la Secretaría de Bienestar sobre los recursos públicos entregados a los municipios afectados por el huracán Grace en Veracruz y un resumen de las obras realizadas, del que resolvimos revocar la respuesta dada por la dependencia en el recurso de revisión RRA 10505/23 al no entregar la información requerida, instruyendo realizar una nueva búsqueda exhaustiva de lo solicitado para garantizar el derecho a saber.

Asimismo, lo requerido a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), mediante el recurso de revisión RRA 18597/22, en cuanto a los programas presupuestarios o proyectos en los que se ejercieron 3 mil 12 millones de pesos para atender los daños ocasionados por los sismos de 2017 que fueron autorizados con cargo al Fideicomiso Fondo de Desastres Naturales (FONDEN). Sobre ello, en el Pleno del INAI resolvimos modificar la respuesta de la SICT para que realizará una nueva búsqueda con un criterio amplio para permitir el acceso a la información.

Sobre este mismo fue solicitado al Instituto de la Vivienda de la Ciudad de México (INVI) el listado de las 952 personas beneficiadas para la reparación de las viviendas afectadas. Al respecto, el INVI clasificó como confidencial la información requerida por contener datos personales como el nombre del beneficiario. No obstante, en el recurso RAA 557/18 en el INAI resolvimos que la información debía ser difundida al tratarse de ayuda con recursos públicos, considerando que, con ello, se fortalece la utilidad social del derecho a saber al permitir que se garantice el derecho a la vivienda de las personas afectadas por este desastre natural.

Los casos antes señalados son sólo una muestra de la forma en que las personas pueden ejercer el derecho a saber para tender puentes de acceso a otros derechos y, con ello, aminorar los daños ocasionados por desastres naturales, los cuales, son más recurrentes y de mayor escala por los estragos causados por el cambio climático.

El ejercicio del derecho a saber es un instrumento de mejora de la calidad de vida de las personas y su desarrollo humano que, en casos de desastres naturales, puede remarcar aún más su profundo impacto para brindar mecanismos de superación y reconstrucción por sus estragos.

Ante el lamentable suceso en el estado de Guerrero, particularmente el Puerto de Acapulco, y las severas afectaciones del huracán “Otis”, la ciudadanía puede estar convencida de que en caso de requerir emplear los derechos tutelados por el INAI contará con ellos para atender de mejor forma este lamentable suceso.

Aprovecho estas líneas para expresar mi solidaridad a las miles de personas damnificadas en Guerrero, y recordar a toda la población que en la sede del INAI, ubicada en Insurgente Sur 3211 en la Alcaldía Coyoacán, contamos con un Centro de Acopio en donde estamos recibiendo alimentos no perecederos, artículos de higiene personal y de limpieza. Hoy Guerrero nos necesita.

X: @bl_ibarra

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