Por Julia María del Carmen García González
En estos días cumplimos en México el “primer año de justicia real y verdadera”, según lo publicita la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), electa por el pueblo.
Hugo Aguilar Ortiz, presidente de ese órgano, dio un balance de los resultados obtenidos en el primer año de la implementación de la reforma judicial, en el que, entre otras cosas, enfatizó que, como parte de la nueva justicia cercana a la gente, el Poder Judicial de la Federación ahorró más de 4,700 millones de pesos.
El dato al parecer fue difundido como una expresión de una política de austeridad, eliminación de privilegios y mayor eficiencia en el ejercicio de los recursos públicos.
En principio, en un país con una deuda pública que cada día crece de manera incontrolable, en el que existen necesidades apremiantes en rubros como la salud, la educación, la infraestructura, la seguridad pública, nadie podría objetar que los recursos públicos deben administrarse con racionalidad, transparencia y honradez. Así también, es un consenso generalizado que deben eliminarse los privilegios injustificados, los gastos superfluos o las erogaciones que no tengan relación directa con el cumplimiento de la función jurisdiccional (como las camionetas blindadas que adquirió el Órgano de Administración Judicial (OAJ).
Sin embargo, el dato que se presume como ahorro requiere preguntarnos si un poder judicial es más eficiente cuando gasta menos.
La respuesta es negativa y la razón es sencilla: el objeto constitucional del poder judicial no es ahorrar dinero sino impartir justicia. Aquí el ahorro debe ser entendido como un medio para lograr una administración más racional, pero no puede convertirse en uno de los indicadores principales de éxito de una institución cuya función esencial consiste en garantizar derechos y libertades, dar cauces legales a las problemáticas sociales, resolver controversias, controlar el ejercicio del poder y hacer efectiva la Constitución, si ese ahorro en los hechos supone renunciar a los recursos públicos imprescindibles para alcanzar esa misión constitucional.
Al respecto, no debe confundirse austeridad con suficiencia presupuestaria en tanto que existe una diferencia sustancial entre eliminar gastos innecesarios y reducir los recursos indispensables para cumplir adecuadamente una función constitucional.
Cierto, eliminar privilegios, evitar gastos ociosos, comprar sólo lo necesario, sin dispendios y a los mejores costos, eficientar procesos, son acciones todas que se relacionan con la tan anhelada austeridad, pero otra cosa muy distinta es que una institución pública se vea obligada a funcionar con menos personal, sin la infraestructura requerida o sin los insumos esenciales, mientras su carga de trabajo aumenta cotidianamente, porque eso lejos de ser eficiencia desde la austeridad es precarización institucional.
De utilidad sería que nos explicaran de dónde salió ese ahorro de más de 4,700 millones de pesos, pues no es lo mismo eliminar un privilegio para un alto funcionario (vuelvo a las camionetas blindadas), que reducir una plaza de personal jurisdiccional, ni es lo mismo tratar de contratar un servicio innecesario (como el valet parking cuya contratación ha buscado al menos en dos ocasiones el OAJ, destinado a los vehículos de mandos medios y superiores) que no sustituir una computadora obsoleta o una impresora que no está funcionando. Tampoco es lo mismo racionalizar el uso de papel que tener un juzgado sin papel, sin tóner, sin impresoras suficientes, sin agua, sin aire acondicionado con temperaturas que alcanzan más de 40 grados, con techos que literalmente se están cayendo a pedazos, porque no se da adecuado mantenimiento a los edificios, ni es lo mismo digitalizar un procedimiento que trasladar al personal el costo de la falta de recursos.
En estos casos, el ahorro debe examinarse en función de su impacto sobre la capacidad institucional, ya que un peso que deja de gastarse puede representar una buena administración cuando se evita un gasto innecesario, pero puede significar un sacrificio institucional si se invertiría en una herramienta indispensable para que un órgano jurisdiccional pueda realizar su trabajo. El dinero así empleado no constituye un privilegio sino el costo material de impartir justicia.
Por eso, la cifra aislada del ahorro nos dice muy poco si no sabemos qué capacidades institucionales se preservaron y cuáles se sacrificaron para obtenerlo.
Ante tal panorama, resulta contradictorio hablar de una justicia moderna, cercana y eficiente, cuando en los órganos jurisdiccionales existen restricciones incluso para obtener algunos de los recursos materiales más elementales para su funcionamiento diario. Bien puede ocurrir que un tribunal gaste menos, pero sea a la vez menos eficiente.
La falta de una impresora o de tóner no es un tema menor sino que se traduce en retrasos en la administración de justicia; la insuficiencia de equipo requiere que las personas servidoras públicas compartan las herramientas de trabajo; la falta de personal significa más carga laboral para cada persona trabajadora.
Y esto redunda en la impartición de justicia porque en un escenario en donde no se garantizan condiciones mínimas para sacar adelante esa labor trascendental, razonablemente los asuntos se resolverán de forma más lenta, se acumulará más carga laboral, se someterá a las personas servidoras públicas a jornadas más extenuantes, se reducirá el tiempo disponible para estudiar cada expediente o bien, se disminuirá la capacidad para atender adecuadamente a las personas judiciales y lo que hay detrás es una lógica perversa: cuando una institución deja de gastar lo necesario, el costo no desaparece sino que se traslada a las personas trabajadoras, mediante mayores cargas de trabajo, se traslada a las y los jueces, quienes tienen una mayor presión para resolver más asuntos con menos recursos y se traslada a la ciudadanía, cuando tiene que esperar más tiempo para que sus asuntos se decidan.
Lo que hay de trasfondo genera todavía más inquietudes, estamos presenciando cómo funciona un Poder Judicial que está asumiendo como propia, la lógica de su reducción, que se autocontiene y se empequeñece.
De un Poder Judicial independiente esperaríamos una férrea defensa de su autonomía presupuestaria para asegurar condiciones óptimas que garanticen su capacidad institucional para hacer frente a los desafíos que vienen; es decir, los millones de litigios que anualmente transitan por los tribunales.
No obstante, cuando lo que se presume como uno de los principales logros de la SCJN en la actualidad es cuánto dinero se ha dejado de gastar y ello se hace ver como una virtud, lo cierto es que lejos de estar frente a una política de austeridad estamos presenciando un proceso de autocontención institucional, en donde el propio Poder Judicial de la Federación está limitando voluntariamente su capacidad institucional, ignorando sus necesidades más apremiantes, achicándose a sí mismo para demostrar que ha comprendido y asumido la nueva lógica política del poder (que sólo se queda en discurso si recordamos los escandalosos dispendios de dineros públicos en obras faraónicas que han producido estrepitosos fracasos como la mega farmacia, el tren maya, la refinería de Dos Bocas, el AIFA, por mencionar algunos).
En otras palabras, atestiguamos cómo una institución constitucionalmente llamada a controlar al poder soslaya sus carencias y reduce de manera voluntaria sus propias capacidades, renunciando de manera anticipada a exigir y defender públicamente los recursos que requiere para cumplir su función.
Que el PJF abdique de los recursos que constitucionalmente le corresponden para congraciarse con el proyecto del oficialismo, es una muestra más de la debilidad (por no decir, de la ausencia), de su autonomía institucional, lejos de ello, corrobora que no tiene la fortaleza suficiente para erigirse como un contrapeso efectivo, que de modo preocupante comienza a “auto reducirse” para resultar políticamente aceptable, interiorizando o apropiándose de una narrativa que ha presentado a la judicatura como una institución costosa y privilegiada, justificando así su propio debilitamiento.
La legitimidad del Poder Judicial no debe provenir de su capacidad para agradar al gobierno en turno, de demostrar que acepta sin resistencias todas las premisas políticas bajo las cuales fue reformado, sino de su capacidad para cumplir con su función constitucional, haciendo justicia y para hacer justicia se requieren condiciones materiales óptimas.
El acceso a una justicia independiente, entendido como un derecho fundamental, no sólo supone garantizar la ausencia de instrucciones, presiones o interferencias políticas o externas, sino que exige contar con los recursos humanos, materiales y tecnológicos indispensables para que se materialice como una realidad palpable y asequible.
A mí me gustaría que alguien me explicara cuánto del ahorro anunciado provino de la eliminación de privilegios y cuánto de la reducción de capacidades institucionales; cuántas plazas se dejaron de ocupar; cuántos recursos materiales dejaron de llegar a los tribunales de este país; cómo eso aumentó o disminuyó la carga de trabajo por persona servidora pública; cómo incidió en los tiempos de resolución de los asuntos; si hay o no mejores condiciones materiales para impartir justicia y, finalmente, si el Poder Judicial se está haciendo más eficiente o simplemente se está haciendo más pequeño, más débil, si se está mimetizando con el discurso político en boga, porque en México definitivamente no necesitamos una judicatura más endeble sino una capaz de afrontar los enormes desafíos que supone la administración de justicia, en beneficio de las personas.
En suma, aquí el problema no es cuánto cuesta un contrapeso sino evidenciar cuándo el contrapeso decide hacerse más pequeño para no incomodar al poder.
Directora nacional de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED). También es integrante del Observatorio de la Justicia.
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