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Por unanimidad fue avalado en el Senado dar seguridad social obligatoria a los trabajadores del hogar, sin importar el género.

El dictamen, que contó con el respaldo de todas las fuerzas políticas y que fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y aprobación, prohíbe el trabajo del hogar a menores de 15 años; los mayores de esta edad sólo podrán laborar seis horas diarias, es decir, 36 a la semana, deberán tener como mínimo educación secundaria y también se harán acreedores a las prestaciones planteadas.

Las personas trabajadoras del hogar contarán con las siguientes prestaciones: vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo y cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.

El artículo 12 de la Ley de Seguridad Social quedó de la siguiente manera: “Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los socios de sociedades cooperativas; las personas que determine el Ejecutivo federal a través del decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señalan esta ley y los reglamentos correspondientes, y las personas trabajadoras del hogar”.

Mientras tanto, las reformas a la Ley Federal del Trabajo indican que los trabajadores del hogar que residan en el domicilio donde laboran deberán disfrutar de un descanso mínimo diario nocturno de nueve horas consecutivas.

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Asimismo, tendrán un descanso mínimo diario de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas, sin que la jornada diaria diurna pueda excederse de las ocho horas diarias establecidas en la ley.

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