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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Bienestar que informe sobre el procedimiento que una persona adulta mayor debe seguir para cobrar su Pensión del Bienestar que no ha recibido desde el inicio de este sexenio.
La persona de 92 años solicitó a la Secretaría de Bienestar el procedimiento que tiene que realizar para cobrar los pagos vencidos de su Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, con la intención de recuperar los fondos de su prestación social.
La persona se topó con distintos impedimentos, como que “no había sistema o que no habían acudido los trabajadores o que estaban atendiendo a los jóvenes becados” e incluso que su CURP (Clave Única de Registro de Población) no estaba registrada en el padrón de beneficiarios, según relató al interponer su solicitud de acceso a datos personales.
El caso llegó a la ponencia del Comisionado Presidente del INAI, Adrián Alcalá Méndez, que encontró que la Secretaría de Bienestar respondió con un oficio que no contenía la información solicitada.
“Fue posible advertir que la notificación que realizó la Secretaría de Bienestar no atiende a lo requerido por la persona solicitante y que no se turnó esta petición de información a todas las unidades administrativas que legalmente resultan competentes”, expuso Alcalá Méndez.
El Pleno del INAI por unanimidad revocó la respuesta de la Secretaría de Bienestar y le instruyó realizar una nueva búsqueda y entregar la información a la persona solicitante.
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