Política

Tribunal: Belinda violó la Constitución

Al ser española no podía participar en asuntos políticos; TEPJF solicita a la Segob determine qué procede

La Sala Regional Especializada del TEPJF exoneró a Andrés Manuel López Obrador de la irregularidad y dio vista a la Segob por lo que toca a Belinda. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL
20/09/2018 |01:43Carina García |
Redacción El Universal
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La cantante Belinda violó la prohibición constitucional que impide a los extranjeros que residen en México participar en asuntos políticos, al apoyar a candidatos de la coalición Juntos Haremos Historia en Morelos, resolvió ayer la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por ello, los magistrados ordenaron “dar vista a la Secretaría de Gobernación (Segob) para que en ámbito de sus atribuciones” determine lo que proceda.

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Belinda Pellegrini es de nacionalidad española con permiso de migrante y residencia permanente en México en calidad de extranjera y, de acuerdo con la queja promovida por el PRD, el pasado 22 de junio participó en un acto proselitista en el que se entregaron bienes con fines electorales a pobladores de Jojutla, Morelos, zona afectada por los sismos del 19 de septiembre de 2017.

Al acto acudieron los denunciados: Jorge Argüelles, entonces candidato a diputado federal —hoy legislador— y Juan Ángel Flores Bustamante, entonces abanderado a presidente municipal —hoy alcalde electo— y Belinda entregó de propia mano cobertores, almohadas y balones desde un vehículo rotulado con propaganda electoral.

Por eso se impuso a los dos candidatos una multa de 16 mil 120 pesos, se amonestó a Morena, PT y PES por falta de cuidado en la conducta de sus abanderados; se exoneró al entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador de la irregularidad y se dio vista a la Secretaría de Gobernación por lo que toca a Belinda.

La magistrada presidenta por ministerio de ley, Gabriela Villafuerte, valoró que si bien Jojutla es una población afectada por los sismos y tiene necesidades, justamente lo que la ley busca es “que no haya una situación de vulnerabilidad que se pueda usar para beneficio electoral”.

En el caso se determinó que “se afectó la libertad del sufragio, porque propiciaron una relación de agradecimiento de la ciudadanía a los candidatos”.

Sobre la responsabilidad de Belinda, Villafuerte explicó que “la Constitución establece que los extranjeros no podrán inmiscuirse en los asuntos políticos del país, podríamos o no estar de acuerdo”, pero existe la prohibición.

Multan segunda filtración de padrón. En tanto, la Sala Superior del TEPJF confirmó una multa por 34.1 de pesos a Movimiento Ciudadano (MC) por uso indebido de la Lista Nominal de Electores, lo que permitió que 93.4 millones de datos de los ciudadanos estuvieran disponibles en la red, a través de Amazon Web y sin ninguna contraseña.

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